TJUE; 12-10-2023. IRPF. Interpretación del artículo 56 CE y del artículo 2, apartado 4, del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al establecimiento de medidas equivalentes a las previstas en la Directiva 2003/48/CE del Consejo en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses. – Tribunal de Justicia – Jurisdicción: Supranacional – Sentencia – Num. Rec.: C-312/22 (TOL9.725.706)

Nov 9, 2023

Asunto C-312/22. Procedimiento prejudicial -- Artículo 56 CE -- Libre circulación de capitales -- Impuesto sobre la renta de las personas físicas -- Tributación de los rendimientos en forma de intereses procedentes de obligaciones y de instrumentos de deuda -- Intereses adeudados y abonados por entidades no residentes en el territorio nacional -- Diferencia de trato en función del lugar de establecimiento de la entidad emisora y de la entidad pagadora de los intereses en cuestión -- Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al establecimiento de medidas equivalentes a las previstas en la Directiva 2003/48/CE -- Artículo 2, apartado 4 -- Fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses de una fuente suiza -- Obligación de aplicar los mismos tipos impositivos que los aplicados a los rendimientos nacionales equivalentes. Libre circulación de capitales, Fiscalidad, Aproximación de las legislacio

Citas:

TFUE, artículo 63

Acuerdo con países terceros u organismos internacionales -22004A1229(01)

Edición provisional

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta)

de 12 de octubre de 2023 (*)

«Procedimiento prejudicial — Artículo 56 CE — Libre circulación de capitales — Impuesto sobre la renta de las personas físicas — Tributación de los rendimientos en forma de intereses procedentes de obligaciones y de instrumentos de deuda — Intereses adeudados y abonados por entidades no residentes en el territorio nacional — Diferencia de trato en función del lugar de establecimiento de la entidad emisora y de la entidad pagadora de los intereses en cuestión — Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al establecimiento de medidas equivalentes a las previstas en la Directiva 2003/48/CE — Artículo 2, apartado 4 — Fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses de una fuente suiza — Obligación de aplicar los mismos tipos impositivos que los aplicados a los rendimientos nacionales equivalentes»

En el asunto C‑312/22,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Supremo Tribunal Administrativo (Tribunal Supremo de lo Contencioso‑Administrativo, Portugal), mediante resolución de 7 de abril de 2022, recibida en el Tribunal de Justicia el 10 de mayo de 2022, en el procedimiento entre

FL

y

Autoridade Tributária e Aduaneira,

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta),

integrado por el Sr. T. von Danwitz (Ponente), Presidente de Sala, y los Sres. P. G. Xuereb y A. Kumin, Jueces;

Abogado General: Sr. P. Pikamäe;

Secretario: Sr. A. Calot Escobar;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos;

consideradas las observaciones presentadas:

–        en nombre de FL, por la Sra. D. Almeida y el Sr. M. da Rosa Amaral, advogados;

–        en nombre del Gobierno portugués, por el Sr. A. de Almeida Morgado y las Sras. P. Barros da Costa y A. Rodrigues, en calidad de agentes;

–        en nombre de la Comisión Europea, por los Sres. G. Braga da Cruz y W. Roels, en calidad de agentes;

vista la decisión adoptada por el Tribunal de Justicia, oído el Abogado General, de que el asunto sea juzgado sin conclusiones;

dicta la siguiente

Sentencia

1        La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 56 CE y del artículo 2, apartado 4, del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al establecimiento de medidas equivalentes a las previstas en la Directiva 2003/48/CE del Consejo en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses (DO 2004, L 385, p. 30; en lo sucesivo, «Acuerdo»).

2        Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre FL y la Autoridade Tributária e Aduaneira (Autoridad Tributaria y Aduanera, Portugal) en relación con la sujeción al impuesto sobre la renta de las personas físicas de los rendimientos en forma de intereses procedentes de obligaciones y de instrumentos de deuda adeudados por entidades no residentes en territorio portugués y abonados a FL en el a . . .

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