TS Sala 3ª; 20-09-2023. Tener implantadas lentes intraoculares no es causa de exclusión «a priori» del proceso selectivo de acceso a la Guardia Civil. Véase la STS nº 214/2023: no deben aplicarse de forma automática, sino que han de interpretarse a partir del principio de proporcionalidad y valorar si inhabilitan o no para el ejercicio de las funciones de militar o de guardia civil. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Cuarta – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1155/2023 – Num. Rec.: 4826/2021 – Ponente: Luis María Díez-Picazo Giménez (TOL9.713.313)

Oct 13, 2023

Ha lugar al recurso de casación interpuesto por aspirante a proceso selectivo contra sentencia que confirmó la resolución del Tribunal de Selección que le declaró, por tener implantadas lentes intraoculares,no apto en la prueba de reconocimiento médico del proceso selectivo para ingreso en los centros docentes de formación, en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil. El TS estima el recurso con remisión a reciente sentencia en supuesto prácticamente idéntico, para reiterar que las causas de exclusión consistente en No se admitirán lentes fáquicas (Orden PCI/6/2019, de 11 de enero), o En ningún caso se admitirán lentes fáquicas (Orden PCI 155/2019), no deben aplicarse de forma automática, sino que han de interpretarse a partir del principio de proporcionalidad y valorar si inhabilitan o no para el ejercicio de las funciones de militar o de guardia civil.

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Cuarta

Sentencia núm. 1.155/2023

Fecha de sentencia: 20/09/2023

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 4826/2021

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 19/09/2023

Ponente: Excmo. Sr. D. Luis María Díez-Picazo Giménez

Procedencia: T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Pilar Molina López

Transcrito por:

Nota:

R. CASACION núm.: 4826/2021

Ponente: Excmo. Sr. D. Luis María Díez-Picazo Giménez

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Pilar Molina López

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Cuarta

Sentencia núm. 1155/2023

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva, presidente

D.ª Celsa Pico Lorenzo

D. Luis María Díez-Picazo Giménez

D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo

D. José Luis Requero Ibáñez

En Madrid, a 20 de septiembre de 2023.

Esta Sala ha visto el recurso de casación núm. 4826/2021, promovido por DOÑA Visitacion representada por el procurador de los tribunales don Javier Freixa Iruela y defendida por el letrado don Antonio Suárez- Valdés González, contra la sentencia nº 260/2021, de 7 de mayo, de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Madrid en el procedimiento ordinario nº 106/2020, que desestimó el recurso.

Siendo parte recurrida la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (MINISTERIO DEL INTERIOR), representada y defendida por el Abogado del Estado en virtud de la representación y defensa que legalmente ostenta.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Luis María Díez-Picazo Giménez.

PRIMERO.- El presente recurso de casación tiene por objeto la sentencia pronunciada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 7 de mayo de 2021 que desestimó el recurso planteado por doña Visitacion contra la resolución de 9 de enero de 2020 de la Dirección General de la Guardia Civil que desestimó el recurso de alzada interpuesto por la recurrente contra la resolución del Tribunal de Selección que la declaró "no apto" en la prueba de reconocimiento médico del proceso selectivo para ingreso en los centros docentes de formación, en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.

La sentencia recurrida contiene parte dispositiva del siguiente tenor literal:

"[...] FALLAMOS

Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Freixa Iruela en representación de DOÑA Visitacion, contra Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil que desestima recurso de alzada contra Resolución del Tribunal de Selección que declaró a la recurrente "no apto" en la prueba de reconocimiento médico del proceso selectivo, debemos declarar y declaramos que las mismas son conformes con . . .

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