V. La investigación judicial de los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial (TOL9.896.793)

Mar 13, 2024

V. LA INVESTIGACIÓN JUDICIAL DE LOS DELITOS RELATIVOS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL 5.1. IntroducciónLa investigación judicial de los delitos contra la propiedad industrial e intelectual se realiza, como ocurre con delitos de otra índole, en el seno del juzgado de instrucción. Son delitos considerados de instrucción compleja, ya que en su mayoría precisan de una diligencia pericial que en muchas ocasiones suele dilatarse en el tiempo. Si nos preguntásemos cuál es el delito más frecuente de los relacionados con la propiedad industrial o intelectual, sin duda la respuesta sería aquellos relativos a las marcas conocidas por todos -por ser notorias en el tráfico mercantil-.Sin embargo, no es infrecuente que en la vida de un juzgado de instrucción otros delitos relacionados con la propiedad intelectual o indusrial tengan un papel protagonista. Así que, en este capítulo, trataremos de dar respuesta e ilustrar al lector de una manera práctica sobre como se actúa ante esta clase de ilícitos desde que se tiene conocimiento de ellos, qué diligencias de instrucción son las más habituales teniendo en cuenta la enorme casuística que nos regala esta modalidad delictiva y cuáles son las medidas cautelares que permitirán otorgar protección provisional a los titulares de estos derechos en aquellos casos en los que resulte necesario. 5.2. La noticia criminisUn juzgado de instrucción puede llegar a tener conocimiento de la comisión de un delito contra la propiedad industrial o intelectual al recibir una denuncia o querella por parte del perjudicado, que puede ser una persona física o jurídica, en función de quien sea el titular del derecho afectado. Sin embargo, tomando como referencia la experiencia forense, en la mayoría de los casos la noticia criminis se refleja en un atestado donde la policía, tras realizar las indagaciones oportunas, comunica el juzgado la posible comisión de un delito de estas características. Una vez que el juzgado de instrucción recibe el atestado y comienza la investigación, es posible que los perjudicados se personen en la causa en calidad de denunciantes o querellantes.La forma en la que la policía tiene noticia de que se está cometiendo un ilícito penal de esta índole varía según el tipo penal. Tratándose de delitos contra la propiedad industrial relacionados con una o varias marcas, la policía suele tener conocimiento del hecho a través de los representantes de estas, ya que son las que presentan denuncia directamente en sede policial para que por parte de los agentes policiales competentes se realicen las indagaciones oportunas en relación con la comisión del delito y sus posibles responsables. Nada obsta a que por parte de la autoridad policial se realicen inspecciones periódicas o incluso aleatorias pero lo cierto es que, en la práctica, la mayoría de las comisarias no las hacen si no media, previamente, denuncia de la persona o entidad agraviada.Una vez que la policía recibe denuncia por parte del representante legal de una marca se activa el protocolo policial para la persecución de esta clase de delitos. En la denuncia constan los datos de filiación del re- presentante legal y las marcas a las que representa, así como el lugar concreto donde se está cometiendo el delito (mercadillo, calle, tienda, etc.). Hay que tener en cuenta que en materia de marcas, la Sociedad ReactB.V. -Sucursal React Spain- ostenta un papel protagonista en estos delitos, ya que representa en España a decenas de marcas conocidas en la lucha contra el comercio de falsificaciones, siendo su objeto social el proteger y representar los intereses de sus socios con respecto a la vulneración y falsificación ilegal de productos originales que sus socios producen, su- ministran y distribuyen o respecto de los que fueren titulares de derechos de propiedad industrial o intelectual.Por tanto, una vez que se recibe esa denuncia, se activa el protocolo policial y se organiza un dispositivo para que varios agentes y un perito acudan un día y hora concretos al lugar indicado en la denuncia, todo ello con las finalidades siguientes: tratar de corroborar la comisión del hecho delictivo, incautar el material falsificado y proceder a identificar y, en su caso, detener a los presuntos . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Procedimiento de oposición a una resolución administrativa en materia de protección de menores. Recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación. Se estiman. La caducidad de la acción apreciada por el tribunal de apelación no es correcta. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 893/2024 – Num. Proc.: 3992/2021 – Ponente: Antonio García Martínez (TOL10.098.802)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 893/2024 Fecha de sentencia: 24/06/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL Número del...

VACACIONES NO DISFRUTADAS EN AGOTAMIENTO DE IT. Buenas tardes, Tengo el caso de un trabajador (peón agrícola) que empezó la baja por enfermedad común el día 01/07/2022 hasta el 15/12/2023 y tuvo recaído el 21/12/2023 por lo que cumplió los 545 días el día 01/01/2024 y fue baja por agotamiento de IT.Ahora le han dado la resolución, ha resuelto aprobar con fecha 14-06-2024 la pensión de incapacidad permanente, en el grado de TOTAL PARA LA PROFESIÓN HABITUAL, Se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años.El trabajador nos pide que le paguemos las vacaciones que no ha disfrutado durante toda la baja médica, como se procedería estando de baja aun por agotamiento de IT, ¿habría que darle la baja total? o ¿ Se hace una nómina estando de baja por agotamiento de IT? o como se procedería en este caso. (TOL10.107.911)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Consulta | 0 Comments

TAS5920Re: VACACIONES NO DISFRUTADAS EN AGOTAMIENTO DE ITEl trabajador estará en situación de suspensión, con clave 65, y así debe seguir, pues el contrato no se...

La Audiencia Provincial de Barcelona ha establecido que el cliente deberá pagar los honorarios al abogado afectado. El cliente aceptó la oferta que consiguió su letrado mediante un emoticono en WhatsApp, y tras ello, acudió a otro despacho de abogados para conseguir una mejor, sin pagar los honorarios. Según la sentencia, este emoticono se interpreta inequívocamente como asentimiento, lo que implica conformidad con la indemnización propuesta por la aseguradora y, por ende, el devengo de los honorarios pactados. – Audiencia Provincial de Barcelona – Sección Decimoséptima – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 277/2024 – Num. Proc.: 915/2023 – Ponente: JESUS ARANGÜENA SANDE (TOL10.043.737)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

Reclamación de honorarios El caso comenzó cuando el demandado solicitó los servicios del despacho de abogados, a fin de conseguir una indemnización por un accidente de...

Arrendamiento de local. Denegación de prórroga. Reclamación de indemnización al amparo del art. 34 LAU que establece el derecho del arrendatario a ser indemnizado cuando, queriendo continuar con el arrendamiento, deba abandonar el local por el transcurso del plazo previsto, siempre que de alguna forma el arrendador o un nuevo arrendatario se pudiesen beneficiar de la clientela obtenida por el antiguo arrendatario, o alternativamente, de los gastos de traslado y de los perjuicios derivados del mismo, cuando el arrendatario se vea obligado a trasladar su actividad. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 877/2024 – Num. Proc.: 4135/2019 – Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg (TOL10.081.735)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 877/2024 Fecha de sentencia: 19/06/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN Número del procedimiento:...

Juicio de divorcio. Interés superior de los menores. Suspensión del régimen de visitas con respecto a los hijos. Situación de violencia de género cronificada. Inexistencia de factores para fijar un régimen de visitas a favor del padre. La existencia de vínculos de descendencia no implica necesariamente, en ineludible vinculación, que las visitas sean fijadas cuando se reputen contraproducentes para el desarrollo de la personalidad de los niños. En condiciones normales, los contactos entre padres e hijos son beneficiosos, pero no siempre tienen que serlo. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 915/2024 – Num. Proc.: 6604/2023 – Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg (TOL10.081.780)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 915/2024 Fecha de sentencia: 26/06/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN Número del procedimiento:...

Parte I. Celebración y efectos del matrimonio internacional en España (TOL9.977.281)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Doctrina | 0 Comments

PARTE I. CELEBRACIÓN Y EFECTOS DEL MATRIMONIO INTERNACIONAL EN ESPAÑA1. PLANTEAMIENTO: CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LOS MATRIMONIOS INTERNACIONALES EN ESPAÑA2El...