T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
Sentencia núm. 353/2024
Fecha de sentencia: 30/04/2024
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION (P)
Número del procedimiento: 10763/2023
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 23/04/2024
Ponente: Excma. Sra. D.ª Ana María Ferrer García
Procedencia: Juzgado Penal 4 de Valladolid
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río
Transcrito por: JLA
Nota:
RECURSO CASACION (P) núm.: 10763/2023
Ponente: Excma. Sra. D.ª Ana María Ferrer García
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Sentencia núm. 353/2024
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Andrés Martínez Arrieta
D.ª Ana María Ferrer García
D. Pablo Llarena Conde
D. Vicente Magro Servet
D. Ángel Luis Hurtado Adrián
En Madrid, a 30 de abril de 2024.
Esta sala ha visto el recurso de casación núm. 10763/23 por infracción de ley e infracción de precepto constitucional, interpuesto por D. Benjamín, representado por el procurador D. Jaime González Míguez, bajo la dirección letrada de Dª. Amaya López Barriuso contra el auto dictado por el Juzgado de lo Penal 4 de Valladolid de fecha 10 de enero de 2023 (Pieza Ref. condenas 422/22-001). Ha sido parte recurrida el Ministerio Fiscal.
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª Ana María Ferrer García.
PRIMERO.- El Juzgado de lo Penal 4 de Valladolid incoó Pieza de Refundición de Condenas num. 422/2022, con fecha 10 de enero de 2023, dictó auto que contiene los siguientes HECHOS: "PRIMERO.- Que en este Juzgado se sigue la Ejecutoria 422/22, siendo ejecutado en la misma D. Benjamín.
Que por la Procuradora Sra. Bort Marcos en nombre y representación del ejecutado se ha solicitado al amparo de lo previsto en el artículo 76 del Código Penal, el dictado de un Auto que establezca el máximo de cumplimiento efectivo de las condenas impuestas al ejecutado.
SEGUNDO.- Que dado traslado al Ministerio Público se opuso a lo solicitado, por entender que la suma de las penas impuestas y el .triple de la pena más grave, hace que ésta última sea más perjudicial para el penado que aquella".
SEGUNDO.- El citado Juzgado de lo penal dictó el siguiente Parte Dispositiva: "Se acuerda DENEGAR LA REFUNDICION DE CONDENAS impuestas al penado D. Benjamín.
Notifíquese a las partes interesadas y al Ministerio Fiscal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de casación por infracción de ley para ante el Tribunal Supremo".
TERCERO.- Notificada la resolución a las partes, se preparó recurso de casación por infracción de ley, por la representación de D. Benjamín, que se tuvo por anunciado, remitiéndose a esta Sala Segunda del Tribunal Supremo las certificaciones necesarias para su sustanciación y resolución, formándose el correspondiente rollo y formalizándose el recurso.
CUARTO.- El recurso interpuesto se basó en el siguiente MOTIVOS DE CASACIÓN:
ÚNICO.- Por infracción de ley al amparo de lo dispuesto en el artículo 849.1 LECRIM y artículo 76 del CP.
QUINTO.- Instruido el Ministerio Fiscal del recurso interpuesto interesó la admisión del mismo. La Sala lo admitió trámite el mismo, quedando conclusos los autos para señalamiento de fallo cuando por turno correspondiera.
SEXTO.- Hecho el señalamiento para el Fallo, se celebró la votación prevenida el día 23 de abril de 2024, prologándose la deliberación hasta el redactado de esta sentencia.
PRIMERO.- 1. Por el penado Benjamín se recurre el auto . . .
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