TS: Complemento por aportación demográfica ex artículo 60 LGSS (en su redacción anterior) que se aplica sobre pensión de jubilación cuyo hecho causante se produjo el 30/11/2016 y que se solicitó después del transcurso de cinco años desde dicha fecha. NO HA PRESCRITO el derecho al complemento. La no concesión en el momento de la solicitud de la jubilación constituyó una discriminación por vulneración del derecho a la igualdad y su íntegra reparación exige que los efectos sean «ex tunc». Además, en ningún caso el inicio del plazo de prescripción podría fijarse antes de la STJUE de 12 de diciembre de 2019. Reitera doctrina sentada en STS de Pleno 322/2024, de 21 de febrero, Rcud.862/2023. – Tribunal Supremo – Sala Cuarta – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 778/2024 – Num. Proc.: 1192/2023 – Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER (TOL10.038.434)

Jun 26, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Social

Sentencia núm. 778/2024

Fecha de sentencia: 29/05/2024

Tipo de procedimiento: UNIFICACIÓN DOCTRINA

Número del procedimiento: 1192/2023

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 29/05/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer

Procedencia: T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Santiago Rivera Jiménez

Transcrito por: rhz

Nota:

UNIFICACIÓN DOCTRINA núm.: 1192/2023

Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Santiago Rivera Jiménez

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Social

Sentencia núm. 778/2024

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Ángel Blasco Pellicer

D.ª Concepción Rosario Ureste García

D. Juan Molins García-Atance

D. Ignacio Garcia-Perrote Escartín

En Madrid, a 29 de mayo de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia dictada el 21 de diciembre de 2022 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el recurso de suplicación núm. 850/2022, formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de Santander, de fecha 19 de julio de 2022 autos núm. 204/2022 que resolvió la demanda en materia de Seguridad Social interpuesta por Don Bernabe frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social.

Ha comparecido como parte recurrida Don Bernabe, asistido y representado por el Letrado Don Mariano Hernández Arranz.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer.

PRIMERO.- Con fecha 19 de julio de 2022 el Juzgado de lo Social núm. 1 de Santander dictó sentencia, en autos 204/2022 sobre seguridad social en la que se declararon probados los siguientes hechos:

"1º.- Mediante resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Cantabria se reconoció a Don Bernabe una pensión de jubilación anticipada involuntaria, con cargo al Régimen General de la Seguridad Social, con las siguientes particularidades:

Hecho causante: 27/04/2016

Efectos económicos: 28/04/2016

Base Reguladora: 2,857,13€

Porcentaje: 88,00%

Pensión Inicial: 2.514,27€

2º.- En fecha 09/12/2021 el actor solicitó el reconocimiento de complemento de maternidad respecto de dicha pensión, que le fue denegado por resolución de 27/12/221. Formulada reclamación previa, fue desestimada.

3º.- El demandante es padre de dos hijos".

En dicha sentencia consta el siguiente fallo:

"Que ESTIMANDO la demanda formulada por Don Bernabe frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DECLARO el derecho del demandante a percibir con cargo al Régimen General complemento de maternidad de un 5% de la cuantía inicial de la pensión reconocida, y con efectos económicos desde el día 28/04/2016, y CONDENO a las demandadas a estar y pasar por tal declaración y abonar al demandante el complemento desde dicha fecha ".

SEGUNDO.- La citada sentencia fue recurrida en suplicación por el INSS y TGSS ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la cual dictó sentencia en recurso de suplicación 850/2022, de fecha 21 de diciembre de 2022, en la que consta el siguiente fallo:

"Que desestimamos el recurso interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Santander, con fecha 19 de julio de 2022 (Seguridad Social 204/2022) dictada en virtud de demanda seguida por D. Bernabe contra Instituto Nacional de . . .

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