El Tribunal confirma la multa impuesta por la Comisión Europea a Google por favorecer su propio servicio de comparación de productos. Asunto C-48/22 P.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha confirmado la multa de 2,4 mil millones de euros impuesta a Google en 2017 por abuso de posición dominante en el mercado de servicios de búsqueda. La sanción, impuesta inicialmente por la Comisión Europea, se basó en que Google favorecía su propio servicio de comparación de productos de Google en detrimento de sus competidores.
La investigación de la Comisión concluyó que Google había manipulado sus resultados de búsqueda en trece países del Espacio Económico Europeo. El servicio de comparación de productos de Google aparecía en posiciones destacadas con información atractiva (texto e imágenes), mientras que los servicios de la competencia solo se mostraban como enlaces genéricos. Dichos enlaces resultan más difíciles de encontrar para los usuarios.
Sanción millonaria por abuso de posición dominante
La Comisión determinó que esta práctica constituía un abuso de la posición dominante de Google en el mercado de búsqueda en Internet. Específicamente, infringe lo dispuesto por el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esta normativa prohíbe a las empresas dominantes aprovechar su posición para restringir la competencia. Por ello, se impuso a Google una multa de 2.424 millones de euros, de los cuales Alphabet, la matriz de Google, fue responsable solidaria por 523 millones de euros.
Posteriormente, Google y Alphabet recurrieron la multa ante el Tribunal General, que desestimó su solicitud en noviembre de 2021. Sin embargo, anuló parte de la Decisión de la Comisión, al considerar que no se había demostrado un impacto anticompetitivo en el mercado de búsqueda general.
El TJUE desestima el recurso
Insatisfechos con esta decisión, Google y Alphabet presentaron un recurso de casación ante el TJUE.
Finalmente, el TJUE desestimó el recurso y confirmó la multa impuesta por la Comisión. Ratificó que el comportamiento de Google constituyó una explotación abusiva de su posición dominante. En su fallo, el Tribunal recordó que, aunque no está prohibido tener una posición dominante, sí lo está el abuso de esta posición cuando perjudica a la competencia y a los consumidores.
Fuente: CURIA