CONSULTORIA
JURÍDICA

Un equip d’experts juristes en totes les branques del dret al seu servei.

Compti amb l’ opinió d’ un professional.

Programe una demo online amb un expert

A Tirant, comptem amb un equip de juristes experts en totes les àrees del dret al seu servei.

Obtingui una segona opinió, aconsegueixi un enfocament diferent en un cas complex, en definitiva, compti amb un professional al seu costat per als dubtes del dia a dia.

Dins de Tirant Prime, la solució de consultoria jurídica ofereix un dels serveis més valorats pels nostres usuaris des de fa més d’una dècada.

Ens comprometem a respondre els seus dubtes en un màxim de 72 hores amb el nivell de qualitat propi de Tirant.

 

1500

Consultes ateses
al mes

97 %

Nivell de satisfacció
obtingut

Butlletí de novetats jurídiques

tribunal del jurado. Mi cliente sufrió el allanamiento de morada por parte de un vecino, que se introdujo en su terraza para tirar un muro que éste había construido. El procedimiento se está llevando por los trámites del Tribunal del Jurado como allanamiento de morada y además del daño del muro. Mi duda viene a colación del articulo 29 de la Ley del Jurado, que dice que si los hechos delictivos no son objeto de enjuiciamiento del Tribunal del Jurado, se instarán la adecuación del procedimiento. ¿ Puede ver el Tribunal del Jurado ambos delitos por ser delitos conexos , ya que parea causar el daños en el muro allanó la vivienda para dañar el muro o el delito de daño, se tiene que ver en un procedimiento diferente? (TOL9.923.026)

TAS5920Re: tribunal del jurado.Hay que estar a lo dispuesto en el Pleno de la Sala...

llegeix més

Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra diversos artículos del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante. Impugnación de los preceptos una referida a las nuevas exigencias formativas para la obtención de las tarjetas profesionales de Piloto de Primera Clase de la Marina Mercante y de Oficial de Máquinas de Primera Clase de la Marina Mercante [artículo 13.2.b) y artículo 19.2.b)].Impugnación de los preceptos que prevén el apoderamiento que se hace al Ministerio para concretar la formación y evaluación a la que se refiere el apartado 7 del artículo 38 pueda realizarla personal con cualificación específica diferente a la requerida (artículo 32.8) y al Director General de la Marina Mercante para concretar los aspectos a los que se refieren los artículos 37.2 y 67.3 y la disposición adicional décima. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Cuarta – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 676/2024 – Num. Proc.: 554/2022 – Ponente: José Luis Requero Ibáñez (TOL9.981.392)

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Cuarta...

llegeix més