Anàlisi estratègica basada en big data jurídic.
Permet prendre decisions jurídiques fundades i precises, amb un coneixement estratègic només disponible a Tirant Analytics.
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Intel·ligència per a juristes,
Big data per a professionals del dret
- Representació de cada sentència en un mapa conceptual interactiu
- Gràfiques de recerques interactives
- Connexions legals i jurisprudencials
- Conceptes clau del document
- Representació gràfica de la sentència
- Recerca per la posició processal i la probabilitat d’ èxit de les parts
- Iter processal complet
- Resum interactiu del document
Connexió entre documents
Gràfica
de tribunals
Gràfiques
Interactives
Arbre
de decisió
Permet veure el percentatge d’èxit dels nostres objectius i analitzar la posició contrària. En polsar en “Arbre de Decisió” podem triar els aspectes que més ens importen del cas (sentit de la fallada, costes, responsabilitat, etc.) i obtindrem el tant per cent d’èxit de cadascun. L’arbre de decisió ens situa en les sentències que defensen els nostres interessos.
Conceptes
clau
El Big data al servei de l’operador jurídic
Altres funcions
- Mapa conceptual
Representació gràfica de cada sentència
- A favor / En contra
Recerca per la posició processal i la probabilitat d’ èxit de cada part
- Informació organitzada (clusters)
Informació organitzada dins de cadascuna de les jurisdiccions
- Filtres únics
Nous paràmetres per a la seva recerca
- Rellevància
La jurisprudència que els experts consideren del màxim interès
- Extracte
Localització immediata dels conceptes de recerca en el document
- Resum interactiu
Resum navegable pels valors més importants del document
- Cites rellevants
Interconnexió entre els documents a través de les seves cites
- Iter processal
Tot l’ itinerari del procediment
Butlletí de novetats jurídiques
El TS estima el reintegro de las cuantías percibidas como consecuencia de la anulación del impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos -céntimo sanitario-. La acción de resarcimiento o restitución, basada en el principio general del Derecho Administrativo que prohíbe el enriquecimiento injusto o sin causa, no resulta directamente aplicable a aquellos supuestos en que la Administración concedente de un servicio público exige a la empresa concesionaria el reintegro de aquellas cuantías que fueron previamente satisfechas en concepto de compensación por el incremento de los costes de los carburantes, con base en las cláusulas del propio título concesional, como consecuencia de soportar el gravamen del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, cuyo establecimiento fue ulteriormente declarado incompatible con el Derecho de la Unión Europea en sentencia de 27 de febrero de 2014, invocado como fuente de la obligación de restituir la presunción consistente en la mera posibilidad de carácter aleatorio de que la concesionaria podría instar el procedimiento tributario de devolución de ingresos indebidos incoado frente a la Hacienda Pública, o ejercitar la acción indemnizatoria de responsabilidad patrimonial del Estado legislador, si no se acredita el presupuesto de la existencia de aumento patrimonial o la transferencia o desplazamiento del valor patrimonial en favor del presuntamente enriquecido sin justo título. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Tercera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1501/2024 – Num. Proc.: 1636/2021 – Ponente: JOSÉ MARÍA DEL RIEGO VALLEDOR (TOL10.206.331)
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera...
RETA JUBILADO. Supuesto: Jubilado por edad regalamentaria. Tiene unas parcelas agricolas. Y la inspeccion obliga a darse de alta RETA en la temporada de recoleccion a dicho jubilado.Pregunta: ¿esto es así?, y si es obligatorio, dicha alta: ¿pasa algun filtro antes de cursarla por el INSS? o ¿solo hya que tramitarla, y cuando acabe la temporada volver a darse de baja del RETA? (TOL10.208.164)
TAS5920Re: RETA JUBILADOEl trabajador debe causar alta en RETA si realiza una...
Grupo de sociedades. Concierto economico. Impuesto sobre sociedades. Determinación de la administración competente para la exacción de las retenciones practicadas por rendimientos de capital a residentes y a no residentes. Hasta la modificación de 2017 la delimitación de la competencia a los efectos de la exacción de las retenciones practicadas por una entidad que tributaba en sociedades en régimen de consolidación fiscal se realizaba atendiendo exclusivamente a los artículos 7 a 9 del Concierto. Sin embargo, tras el año 2017 nos encontramos ante una norma especial que introduce -en los preceptos referidos al impuesto sobre sociedades- una previsión específica a los efectos de delimitar la competencia de las Administraciones en liza por lo que se refiere a la exacción de las retenciones cuando las mismas hubieran sido practicadas por las entidades que integran un grupo fiscal.Por tanto, el criterio de la especialidad y la propia literalidad del precepto, corroborada por la Exposición de Motivos de la Ley 10/2017, de 28 de diciembre avalan la necesidad de atender al volumen de operaciones del grupo fiscal y no de las entidades individualmente consideradas. – Tribunal Supremo – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1352/2024 – Num. Proc.: 1086/2022 – Ponente: ISAAC MERINO JARA (TOL10.117.464)
T R I B U N A L S U P R E M OSala de lo Contencioso-AdministrativoSección...