El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha emitido una resolución que niega la aplicación de la Ley Orgánica 10/2022. El tribunal rechaza aplicalr conocida como ‘Ley del sí es sí’, a un caso de agresión sexual contra menores. El Tribunal mantiene la condena original de 19 años y siete días de prisión impuesta al agresor
Esta decisión destaca la complejidad de aplicar retroactivamente legislaciones más recientes en casos donde la ausencia de consentimiento es un factor crucial. Especialmente bajo el marco del Código Penal vigente que enfatiza la gravedad de delitos sexuales cometidos sin un consentimiento libremente prestado.
Contexto del delito y argumentación Jurídica
Álvaro R. V. fue hallado culpable por la Audiencia Provincial de Madrid de varios delitos sexuales. Incluidos agresión sexual y abuso sexual continuado, perpetrados entre los años 2014 y 2017. El agresor utilizó plataformas de redes sociales como WhatsApp e Instagram para llevar a cabo el delito. Se ganó la confianza de adolescentes de su misma urbanización en Collado Villalba, solicitándoles fotos y vídeos de contenido sexual. En algunos casos, logrando encuentros sexuales con ellos.
Razonamiento para el rechazo de la aplicación ‘Ley del sí es sí’
La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, al revisar la solicitud de Álvaro R. V. de aplicar retroactivamente la ‘Ley del sí es sí’ con la esperanza de obtener una reducción de su pena, concluyó que la ley no ofrecía una ventaja en este caso particular. Argumentaron que, debido a la naturaleza de los delitos, que subrayaban la falta de consentimiento de las víctimas, la aplicación de la nueva ley no solo no sería más favorable, sino que podría resultar en un aumento de la pena. Esta decisión resalta la complejidad de interpretar y aplicar nuevas legislaciones en contextos de delitos sexuales, especialmente cuando se involucran menores y el consentimiento es un factor crucial.
Confirmación de la sentencia de origen en todos sus extremos
Finalmente, la decisión del TSJ de Madrid de rechazar la aplicación de la ‘Ley del sí es sí’ en este caso y mantener la condena original subraya la importancia de un análisis cuidadoso de cada caso bajo la legislación pertinente. Esta resolución aún permite un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, lo que podría ofrecer otra capa de interpretación legal sobre la aplicación de esta controvertida ley en casos de agresión sexual a menores.