La Audiencia Provincial de Cantabria respalda la sentencia del Juzgado de lo Penal n.º 1 de Santander, condena a prisión por una venta fraudulenta de un husky siberiano.
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a seis meses de prisión para una mujer por estafa. La mujer recibió cinco transferencias por un total de 3.490 euros, provenientes de la venta fraudulenta de un husky siberiano.
La sentencia, ya firme, respalda la decisión previa del Juzgado de lo Penal n.º 1 de Santander, que consideró a la acusada culpable de un delito de estafa. Además de la pena de prisión, se le ordena restituir a la perjudicada la suma recibida.
Solicitó el pago de varias cantidades para la supuesta entrega del animal
Según los hechos, la perjudicada respondió a un anuncio en internet que ofrecía la adopción de un husky siberiano en Bélgica, asumiendo únicamente los gastos de traslado. Después de abonar inicialmente 250 euros por los costos de envío a la cuenta de la ahora condenada, esta requirió más cantidades de dinero bajo distintas excusas.
Algunos ejemplos son los siguientes: problemas con el seguro del animal, la caducidad del billete de avión y complicaciones con la cuarentena del perro.
La persona perjudicada transfirió a la cuenta de la acusada varias cantidades adicionales.
Sin embargo, nunca recibió al husky siberiano y no recuperó ninguna de las cantidades transferidas, retiradas inmediatamente tras recibirlas.
La acusada era la titular de la cuenta de ingreso
Para exculparse, la acusada alegó en su recurso que ella misma fue víctima de una estafa similar, bajo el mismo modus operandi. Sostuvo que una amiga le proporcionó erróneamente su número de cuenta a terceros que la estafaron con loros provenientes de Bélgica.
Sin embargo, tanto el tribunal de apelación como el juez de instancia no encuentran creíble ni coherente esta versión, refutada además por la documentación bancaria.
La sentencia destaca que la cuenta de la condenada era titular recibió transferencias sucesivas de diversas personas, incluida la perjudicada, y que los fondos fueron retirados de inmediato a través de cajero automático.
Por ello, concluye que la acusada facilitó su cuenta y contribuyó al engaño de la víctima, calificándola como cooperadora necesaria del delito de estafa. Establece que, a pesar de no haber podido demostrar su participación directa en el anuncio de venta del perro o en los correos electrónicos, la cuenta a que llegaba el dinero era suya. Por lo tanto, confirma la condena impuesta en primera instancia.
Fuente: CGPJ
Otras noticias de interés:
Trabajo doméstico y cuidado de los hijos | 50.000 euros a su exesposa