T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 1.420/2024
Fecha de sentencia: 24/07/2024
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 7199/2021
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 30/04/2024
Voto Particular
Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero
Procedencia: T.S.J.PAIS VASCO CON/AD SEC.1
Letrado de la Administración de Justicia: Sección 002
Transcrito por:
Nota:
R. CASACION núm.: 7199/2021
Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero
Letrado de la Administración de Justicia: Sección 002
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 1420/2024
Excma. Sra. y Excmos. Sres.
D. José Antonio Montero Fernández, presidente
D. Rafael Toledano Cantero
D. Dimitry Berberoff Ayuda
D. Isaac Merino Jara
D.ª Esperanza Córdoba Castroverde
En Madrid, a 24 de julio de 2024.
Esta Sala ha visto el recurso de casación núm. 7199/2021, promovido por la Diputación Foral de Vizcaya, representada por el procurador de los Tribunales don Jesús López Gracia, asistida por letrada de sus Servicios Jurídicos, contra la sentencia núm. 289/2021, de 15 de julio, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el recurso núm. 1055/2020.
Comparece como parte recurrida Iberdrola Generación Térmica, S.L., representada por don José Luis Martín Jaureguibeitia, bajo la dirección letrada de don Javier Cremades García y don Santiago Rodríguez Bajón.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero.
PRIMERO.- El presente recurso de casación se interpuso por la Diputación Foral de Vizcaya contra la sentencia núm. 289/2021, de 15 de julio, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que estimó el recurso núm. 1055/2020, promovido por Iberdrola Generación Térmica, S.L. frente a la resolución de 23 de setiembre de 2020, dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Foral de Vizcaya que, a su vez, había desestimado la reclamación económico-administrativa núm. 106/2020, formulada contra la desestimación por silencio de la solicitud de rectificación de las autoliquidaciones y devolución de ingresos indebidos por el concepto del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos, correspondientes a agosto y septiembre de 2018, por el gas natural adquirido para la planta de cogeneración de la actora situada en el municipio de Santurtzi.
SEGUNDO.- La Sala de instancia estimó el recurso contencioso-administrativo con sustento en el siguiente razonamiento:
"SEGUNDO.- Los motivos en que se fundan, respectivamente, el recurso contencioso y la oposición al mismo son idénticos a los examinados en la sentencia dictada con fecha 13 de los corrientes en el procedimiento ordinario 1054/2020 (Ponente Ilmo. Sr. D. Luis Javier Murgoitio Estefanía), no en vano, hay identidad de partes, de causas de pedir y pedimentos entre ambos procesos.
Reproducimos, así, los fundamentos de la precitada sentencia, incluido el último, referido a las costas:
"[...]
TERCERO.- [...]
Solo le resta añadir a esta Sala que, en relación con la finalidad medioambiental que pudiese haber concurrido en la supresión con efectos de 1 de enero de 2.013, en virtud de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, la Administración demandada ha hecho una remisión general al preámbulo de dicho texto legal en que algún concreto párrafo hace alusión al artículo 51.2.c) de la Ley 38/1992 , si bien, es destacable que la expresión utilizada por el legislador interno de que, "las actividades de generación de electricidad a partir de combustibles fósiles constituyen grandes focos de emisión de gases de efecto invernadero", sean o . . .
Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma