TS Sala 2ª; 28-02-2024. Delito de homicidio en grado de tentativa acabada. Recurso de apelación, previo al de casación, con reiteración de alegaciones: doctrina general de la Sala cuando se vuelve a invocar vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia y error en la apreciación de la prueba. Interesada reducción de la pena en dos grados, se rechaza, tanto por ser una nueva petición introducida en casación «per saltum», como por considerar que la reducción en un grado, como venía de la instancia era la procedente al tratarse de una tentativa acabada. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 174/2024 – Num. Proc.: 854/2022 – Ponente: Ángel Luis Hurtado Adrián (TOL9.902.443)

Mar 19, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Sentencia núm. 174/2024

Fecha de sentencia: 28/02/2024

Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION

Número del procedimiento: 854/2022

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 27/02/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Luis Hurtado Adrián

Procedencia: T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA CIV/PE

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María del Carmen Calvo Velasco

Transcrito por: IGA

Nota:

RECURSO CASACION núm.: 854/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Luis Hurtado Adrián

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María del Carmen Calvo Velasco

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Sentencia núm. 174/2024

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Andrés Martínez Arrieta

D. Andrés Palomo Del Arco

D.ª Ana María Ferrer García

D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

D. Ángel Luis Hurtado Adrián

En Madrid, a 28 de febrero de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso de casación nº 854/2022 interpuesto por Ramona y Pedro Antonio, representados por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Paz Medina Carpintero y bajo la dirección letrada de D. Miguel López Ruiz, al que se adhiere Tarsila, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Isabel Bermúdez Iglesias y bajo la dirección letrada de D. Santiago Jesús Cano Salido, contra la sentencia nº 4, dictada con fecha 26 de enero de 2022, por la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, que resuelve la apelación (Rollo de apelación 70/2021) contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, Sección 1ª, de fecha 6 de julio de 2021.

Los Excmos. Sres. Magistrados componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que al margen se expresan se han constituido para la deliberación y fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados.

Ha sido parte recurrida el Ministerio Fiscal y Marí Luz, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Irene Arnes Bueno y bajo la dirección letrada de D. Juan Manuel Rodríguez Prada y D. Jorge Herruzo Capilla.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ángel Luis Hurtado Adrián.

PRIMERO.- En el procedimiento Sumario Ordinario 2/2017 (dimanante del PO 2/2017, del Juzgado de Instrucción nº 3 de Alcázar de San Juan), seguido ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real, Sección 1ª, con fecha 6 de julio de 2021, se dictó sentencia condenatoria para Pedro Antonio, Ramona y Tarsila, como responsables de un delito de homicidio en grado de tentativa, que contiene los siguientes Hechos Probados:

"Por unanimidad declaramos probados los siguientes hechos:

PRIMERO.- Probado y así se declara que, a la fecha de los hechos, noviembre de 2015, las procesadas Ramona y Tarsila (conocida como Santa), mayores de edad y sin antecedentes penales, prestaban servicios de alterne en el club Sol Fantasy, de la localidad de Miguelturra (Ciudad Real), al igual que Marí Luz. Marí Luz se alojaba en las dependencias de dicho club, mientras que Ramona y Tarsila, lo hacían en sendos apartamentos del edificio sito en la CALLE000 núm. NUM000 de la Localidad de Alcázar de San Juan.

SEGUNDO.- En virtud de la relación entablada en dicho club, propusieron a Marí Luz participar en un transporte de drogas a cambio de dinero. A fin de concretar los detalles de dicho transporte, el día 29 de noviembre de 2015, Marí Luz se trasladó con las acusadas Ramona y Tarsila, a la localidad de Alcázar de San Juan, junto con otra trabajadora de alterne, a bordo del vehículo conducido por Pedro Antonio, mayor de edad y sin antecedentes penales, quien en aquella época convivía con Ramona, en el apartamento sito en la CALLE000 núm. NUM000, NUM001 de la localidad de Alcázar de San Juan.

TERCERO.- Llegados . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

El TS se pronuncia sobre la valoración probatoria de imágenes obtenidas de las imágenes grabadas por medios de comunicación. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 241/2024 – Num. Proc.: 1262/2022 – Ponente: Carmen Lamela Díaz (TOL9.944.909)

by | Abr 29, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

Grabaciones en la vía pública: la grabación periodística de un incidente acaecido en la vía pública, no puede ser objeto de control judicial en su ejecución, pues se...

Proyecto de Ley de Familias (TOL9.944.256)

by | Abr 29, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Legislación | 0 Comments

Exposición de motivosILa familia es una institución esencial dentro de nuestra sociedad y una de las principales protagonistas de los cambios que ha vivido la...

Protección jurisdiccional civil de los derechos fundamentales. Reportaje periodístico de crónica de sucesos que recuerda un crimen ocurrido hace 36 años. La publicación de la información con el nombre y apellidos del demandante y con su fotografía, transcurridos más de 36 años desde los hechos, constituye una grave afectación de su honor y de su derecho a la propia imagen que no está justificada por la libertad de información por la carencia de relevancia pública del nombre y la imagen del afectado, una vez cumplida su condena y que se ha reinsertado en la sociedad. Improcedencia de la publicación de la sentencia cuando tal publicación puede agravar la lesión del derecho al honor del demandante, al poner de actualidad los hechos criminales que dicho demandante protagonizó en aquel momento. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 484/2024 – Num. Proc.: 2874/2023 – Ponente: Rafael Sarazá Jimena (TOL9.969.653)

by | Abr 29, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 484/2024 Fecha de sentencia: 10/04/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL Número del...

El TJUE resuelve el inicio del plazo de prescripción de la acción restitutoria de los gastos hipotecarios. Sentencia del TJUE de 25 abril de 2024 (TOL9.980.956)

by | Abr 29, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Doctrina | 0 Comments

El TJUE resuelve el inicio del plazo de prescripción de la acción restitutoria de los gastos hipotecarios. Sentencia del TJUE de 25 abril de 2024 [TOL9980924] El...

Procedimiento prejudicial. Protección de los consumidores. Directiva 93/13/CEE. Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores. Contrato de préstamo hipotecario. Cláusula que atribuye al consumidor el pago de los gastos asociados al contrato. Resolución judicial firme que declara esa cláusula abusiva y la anula. Acción de restitución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula abusiva. Inicio del plazo de prescripción de la acción de restitución. – Tribunal de Justicia – Jurisdicción: Supranacional – Sentencia – Num. Proc.: C-561/21 (TOL9.980.924)

by | Abr 28, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Novena) de 25 de abril de 2024 ( *1 ) «Procedimiento prejudicial -- Protección de los consumidores -- Directiva 93/13/CEE --...

Procedimiento de oposición a una resolución administrativa en materia de protección de menores. Recursos extraordinario por infracción procesal y de casación. Se estiman. La sentencia recurrida no se ajusta a lo dispuesto por el art. 19 bis.3 LOPJM ni es acorde con nuestra doctrina. El retorno del menor con el demandante no es aceptable, ya que no resulta compatible con las medidas favorables a su interés. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 435/2024 – Num. Proc.: 4429/2023 – Ponente: Antonio García Martínez (TOL9.967.900)

by | Abr 28, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 435/2024 Fecha de sentencia: 02/04/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL Número del...