TS Sala 1ª; 31-01-2024. Lesiones causadas a una persona que estaba en el exterior de un establecimiento de hostelería por la rotura violenta de la puerta del establecimiento por un tercero ajeno al mismo. Examen del art. 1910 CC y del art. 147 TRLCU. Inexistencia de responsabilidad del titular del establecimiento, al tratarse de un suceso imprevisto y violento, ajeno a su esfera de control y a las condiciones normales del desempeño de su actividad; inexistencia de nexo causal. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 116/2024 – Num. Proc.: 6364/2019 – Ponente: Pedro José Vela Torres (TOL9.864.193)

Feb 17, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 116/2024

Fecha de sentencia: 31/01/2024

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 6364/2019

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 25/01/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres

Procedencia: AUD.PROVINCIAL DE ÁLAVA SECCION N. 1

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

Transcrito por: MAJ

Nota:

CASACIÓN núm.: 6364/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 116/2024

Excmos. Sres.

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Rafael Sarazá Jimena

D. Pedro José Vela Torres

En Madrid, a 31 de enero de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso casación interpuesto por D. Leon, representado por la procuradora D.ª María Claudia Munteanu, bajo la dirección letrada de D. Aitor Ortega Zufiría, contra la sentencia núm. 825/2019, de 18 de octubre, dictada por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Álava, en el recurso de apelación núm. 622/2019, dimanante de las actuaciones de juicio ordinario núm. 781/1018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz, sobre responsabilidad civil. Ha sido parte recurrida Mapfre Seguros S.A., representada por el procurador D. Federico Ruipérez Palomino y bajo la dirección letrada de D.ª Isabel M.ª Ruano de la Fuente.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres.

PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.

1.- La procuradora D.ª Haizea González Barreira, en nombre y representación de D. Leon, interpuso demanda de juicio ordinario contra Millán y Mapfre Seguros en la que solicitaba se dictara sentencia:

"por la que se condene al pago a los demandados, más con los intereses del artículo 20 LCS desde la fecha del siniestro, 21 de julio de 2016 en el caso de la aseguradora, y hasta su completo pago; con imposición de las costas de este procedimiento a los demandados".

2.- La demanda fue presentada el 23 de julio de 2018 y repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz, se registró con el núm. 781/2018. Una vez admitida a trámite, se emplazó a las partes demandadas.

3.- El procurador D. Jesús María de las Heras Miguel, en representación de D. Millán y Mapfre Seguros S.A., contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitaba la desestimación íntegra de la demanda y la imposición de las costas a la parte actora.

4.- Tras seguirse los trámites correspondientes, el magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz dictó sentencia n.º 68/2019, de 26 de febrero, con la siguiente parte dispositiva:

" DESESTIMO la demanda de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, seguida ante este Juzgado, al que por turno de reparto corresponde, a instancia de la Procuradora Sra. González, en representación de D. Leon, asistido por el Letrado Sr. Ortega, con concesión de derecho de asistencia jurídica gratuita, contra D. Millán y "Mapfre, S.A.", representados por el Procurador Sr. De las Heras y asistidos por la Letrada Sra. Ruano, y en consecuencia,

"ABSUELVO a los demandados de todos los pedimentos formulados en su contra.

"Todo ello, con expresa condena formal en costas a la parte demandante a los solos efectos de lo dispuesto en el artículo 36.2 de la LAJG.

Notifíquese esta resolución a las partes".

SEGUNDO.- Tramitación en segunda instancia.

1.- La sentencia de primera instancia fue recurrida en apelación por la representación de D. Leon.

2.- La resolución de este recurso correspondió a la sección 1.ª de la Audiencia Provincial de . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Tribunal Supremo – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 581/2024 – Num. Proc.: 2049/2022 – Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA (TOL10.074.026)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M OSala de lo PenalSentencia núm. 581/2024Fecha de sentencia: 12/06/2024Tipo de procedimiento: RECURSO CASACIONNúmero del procedimiento:...

Tribunal Supremo – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 684/2024 – Num. Proc.: 2465/2022 – Ponente: Ángel Luis Hurtado Adrián (TOL10.094.878)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M OSala de lo PenalSentencia núm. 684/2024Fecha de sentencia: 27/06/2024Tipo de procedimiento: RECURSO CASACIONNúmero del procedimiento:...

No se vulnera el derecho a la desconexión por el envío de correos electrónicos durante su situación de incapacidad temporal porque bastaba con no recepcionarlo. Es evidente que no se da de baja a ningún trabajador en un correo corporativo por esta suspensión de sus funciones por enfermedad, lo que incluso podría ser discriminatorio, pudiendo así recibir los mismos correos que sus compañeros, al estar en la lista, y no quedar desinformada de lo que sucede en la empresa, pero sentado esto, está claro que la trabajadora no tenía ninguna obligación de abrir y ni siquiera de mirar dicho correo corporativo durante la enfermedad, ni nadie se lo exigió. – Tribunal Superior de Justicia de Madrid – Sección Segunda – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 534/2024 – Num. Proc.: 267/2024 – Ponente: María Virginia García Alarcón (TOL10.173.667)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Jurisprudencia | 0 Comments

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 , Planta 2 - 28010 Teléfono: 914931969 Fax: 914931957...

Protección medioambiental de la zona internacional de los fondos marinos en su consideración como patrimonio común de la humanidad (Revista Jurídica de la Comunidad Valenciana Nº 88/2024) (TOL10.139.516)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Doctrina | 0 Comments

PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL DE LA ZONA INTERNACIONAL DE LOS FONDOS MARINOS EN SU CONSIDERACIÓN COMO PATRIMONIO COMÚN DE LA HUMANIDAD Resumen: La Zona Internacional de los...

PLAZOS ENTREGAR DOCUMENTACION INSPECCIÓN DE TRABAJO. Últimamente viene la Inspección y solicita documentos y da plazos de 3 días, 2 días, etc. Sin importar la carga de trabajo que tengamos. Mi pregunta es ¿hay un plazo legal establecido mínimo y/o máximo para entregar la documentación?. ¿Pueden establecer a su gusto los plazos de entrega de la documentación solicitada en la inspección de trabajo? (TOL10.153.123)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Consulta | 0 Comments

TAS5920Re: PLAZOS ENTREGAR DOCUMENTACION INSPECCIÓN DE TRABAJOLa Inspección de Trabajo está habilitada para requerir a la empresa, o a su representante, la...

Petición Inicial de Proceso Monitorio en reclamación de cantidades derivadas de relación laboral (TOL4.439.616)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Formulario | 0 Comments

Artículo 101 LRJS AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE [...]D./Doña […] mayor de edad, con D.N.I. núm. […] número de afiliación a la Seguridad Social […], con domicilio en […]...