T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Cuarta Sentencia núm. 1.427/2024 Fecha de sentencia: 12/09/2024 Tipo de procedimiento: R. CASACION Número del procedimiento: 4354/2022 Fallo/Acuerdo: Fecha de Votación y Fallo: 10/09/2024...
Integración de solvencia técnica por medios externos «artículo 75 LCSP» en contrato de transporte de viajeros por carretera. En un procedimiento de licitación para la contratación del servicio público de transporte regular de viajeros por carretera, la acreditación del requisito de la solvencia técnica sobre el número de autobuses exigido para la adjudicación, y sin perjuicio de las concretas especificaciones que pueda efectuar al respecto el pliego de condiciones, puede lograrse mediante el mecanismo de integración de la solvencia por medios externos, en la forma descrita por el artículo 75 LCSP que constituye, por tanto, una forma más de completar la solvencia técnica requerida para celebrar el contrato, distinta de la proposición conjunta (artículo 80.2 ROTT), sin que la Sala considere que su respectivo contenido o su regulación en normas distintas constituyan una razón válida para no considerar admisibles y conformes a derecho ambas formas de acreditación de la solvencia técnica. Las cuestiones resueltas en resoluciones administrativas que ganaron firmeza no pueden volver a revisarse con ocasión de los recursos dirigidos contra actos posteriores. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Tercera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1399/2024 – Num. Proc.: 5376/2021 – Ponente: JOSÉ MARÍA DEL RIEGO VALLEDOR (TOL10.123.721)
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera Sentencia núm. 1.399/2024 Fecha de sentencia: 23/07/2024 Tipo de procedimiento: R. CASACION Número del procedimiento: 5376/2021 Fallo/Acuerdo: Fecha de Votación y Fallo: 09/07/2024...
El TSJ Madrid anula las Zonas de Bajas Emisiones. En el procedimiento de elaboración de la Ordenanza, a la hora de evaluar el alcance de la ZBE y la creación de las dos ZBEDPE aquí cuestionadas, se ha prescindido del análisis de otras alternativas de movilidad y, muy destacadamente, de factores económicos que tienen una enorme importancia y repercusión directa en los derechos de las personas y en la actividad de las empresas, singularmente de las más vulnerables, que han de resultar afectadas por las restricciones de movilidad, en relación con la intensidad y amplitud espacial y material de dichas restricciones. Se ha prescindido del análisis de una faceta de destacadísima importancia en la cuestión, como es la que deriva de la exigencia, vinculada al proceso de protección de medio ambiente frente al cambio climático, de que el mismo se produzca mediante una «transición justa», que tenga en cuenta las consecuencias en el terreno de la economía, de la movilidad y de la vida familiar y necesidades de importantes sectores de la población, singularmente los de menos capacidad económica, que son los más vulnerables frente a las medidas restrictivas; y en la actividad de las empresas, singularmente en las más pequeñas de las que operan en el mercado, y en los autónomos. El resultado final que se alcanza es que las medidas impuestas no pudieron ser debidamente valoradas a los efectos de ejercer las potestades discrecionales que ostenta la Administración, por no haberse tomado en consideración una porción de consecuencias económicas, con evidente repercusión social, que eran imprescindibles para efectuar un juicio de proporcionalidad entre los fines perseguidos y el sacrificio de derechos que reportaban y la eficacia de las citadas medidas, lo que ha de conducir a la estimación de este argumento de la demanda y, con el mismo al efecto anulatorio que en la misma se pretende. – Tribunal Superior de Justicia de Madrid – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 405/2024 – Num. Proc.: 570/2021 – Ponente: José Manuel Ruiz Fernández (TOL10.191.185)
Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda C/ General Castaños, 1 , Planta 1 - 28004 33009750 NIG: 28.079.00.3-2021/0055320 PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 570/2021 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO...
Gestion de residuos. Limpieza viaria. Via de hecho. Ocupar un parte del terreno de su propiedad con caseta armario para contenedores de basura. Se acuerda el cese de la ocupación del espacio de protección por parte del citado armario de obra, retirada que ha de efectuarse por el la propia Administración municipal. – Tribunal Superior de Justicia de Cataluña – Sección Quinta – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1611/2024 – Num. Proc.: 2945/2022 – Ponente: María Fernanda Navarro Zuloaga (TOL10.124.773)
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑASALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOSECCION QUINTARecurso de apelación SALA TSJ 2945/2022 - Recurso de apelación contra sentencias 720/2022 FASE: LONIG: 17079 - 45 - 3 - 2021 - 8009580Parte apelante:CAL RAJOLER...
El TSJMU estima la responsabilidad patrimonial sanitaria por los perjuicios derivados de la atención de los servicios de emergencias a una mujer que sufrió una caída en su domicilio que le causó un hematoma subdural, que determinó su fallecimiento días después. Incluso en contra del parecer de familiares, debió trasladarse a la paciente al hospital. – Tribunal Superior de Justicia de Murcia – Sección Primera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 205/2024 – Num. Proc.: 385/2022 – Ponente: María Consuelo Uris Lloret (TOL10.067.659)
T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/ADMURCIASENTENCIA: 00205/2024UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTOEquipo/usuario: UP3Modelo: N11600 SENTENCIA ART 67 Y SS LRJCAPALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5 -DIR3:J00008050Correo electrónico:N.I.G: 30030 33 3 2022 0000815Procedimiento: PO...
Servicio publico de abastecimiento y distribución de agua de un municipio. Gestión por un consorcio provincial. Sujeción a la legislación de contratación pública de la adjudicación del servicio publico de abastecimiento de agua de un municipio por parte de un consorcio de entidades de carácter público. Posibilidad de asunción de la prestación con medios propios. Habilitado nacional. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Tercera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 686/2024 – Num. Proc.: 3319/2021 – Ponente: Diego Córdoba Castroverde (TOL10.014.676)
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera Sentencia núm. 686/2024 Fecha de sentencia: 24/04/2024 Tipo de procedimiento: R. CASACION Número del procedimiento: 3319/2021 Fallo/Acuerdo: Fecha de Votación y Fallo: 16/04/2024...
Habilitación para el ejercicio de la actividad de vivienda de uso turístico. En el momento de efectuarse la comunicacion previa la vivienda no disponía de cedula de habitabilidad. La resolución ahora impugnada es conforme a derecho ya que a la fecha de su adopción,la vivienda seguía sin cédula de habitabilidad y ello con independencia de que después, al final del procesocontencioso seguido en la instancia, se obtuviera dicha cédula. En efecto, no podemos olvidar que lajurisdicción contencioso administrativa tiene una función esencialmente revisora y que ello nos obliga avalorar las circunstancias que se daban al tiempo de la emisión de la resolución objeto de impugnación y queconforman el expediente administrativo. Habilitado nacional. – Tribunal Superior de Justicia de Cataluña – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 977/2024 – Num. Proc.: 632/2023 – Ponente: NESTOR PORTO RODRIGUEZ (TOL9.996.120)
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYASALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOSECCIÓN SEGUNDARecurso de apelación SALA TSJ 632/2023 - Recurso de apelación contra sentencias nº 204/2023Partes: TOLIAN INVERSIONS, S.L.C/ AYUNTAMIENTO DE BARCELONAS E N T E N C I A Nº...
En los procesos selectivos para el acceso al empleo público, si para el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad la convocatoria asigna un porcentaje de plazas reservadas según el tipo de discapacidad, el aspirante debe acreditar por cuál de los cupos concurre. El órgano de selección, al ejercer su potestad de dirección del proceso selectivo -no de discrecionalidad técnica-, está apoderado para exigir su justificación y, en su caso, reasignar el cupo de discapacidad por el que concurren los aspirantes. – Tribunal Supremo – Sección Cuarta – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 944/2024 – Num. Proc.: 1734/2022 – Ponente: José Luis Requero Ibáñez (TOL10.048.665)
Resoluciones del caso: STSJ AND 10289/2021,ATS 3287/2023,STS 3048/2024T R I B U N A L S U P R E M OSala de lo Contencioso-AdministrativoSección CuartaSentencia núm. 944/2024Fecha de sentencia: 29/05/2024Tipo de procedimiento: R. CASACIONNúmero del procedimiento:...
Función Pública. Concurso de vacantes. Situación de excedencia voluntaria por agrupación familiar. Duración mínima y efectos en adjudicación de puesto. Regulación en Ley 30/1984 y EBEP. Estimación de la pretensión del demandante en la sentencia de instancia mediante la declaración de nulidad del acto recurrido por vicios del procedimiento y que conlleva la nulidad de la resolución administrativa que modificaba la adjudicación inicial del puesto en su favor, de manera que se consuma plenamente el efecto postulado con la pretensión de nulidad: la subsistencia de su derecho a la adjudicación del puesto en su favor. Con desestimación del recurso de casación. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Cuarta – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 865/2024 – Num. Proc.: 1330/2022 – Ponente: Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo (TOL10.032.788)
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Cuarta Sentencia núm. 865/2024 Fecha de sentencia: 20/05/2024 Tipo de procedimiento: R. CASACION Número del procedimiento: 1330/2022 Fallo/Acuerdo: Fecha de Votación y Fallo: 14/05/2024...
En supuestos de responsabilidad tributaria «en cadena», la derivación de la responsabilidad subsidiaria constituye un «presupuesto de hecho habilitante» de la subsiguiente derivación de responsabilidad solidaria, producida por alguna de las circunstancias previstas en apartado 2 del artículo 42 LGT, a efectos de que dicho responsable solidario pueda impugnar el acto de derivación de su responsabilidad con fundamento en la improcedencia de la previa derivación de responsabilidad subsidiaria, declarada respecto de un tercero, aduciendo la inexistencia de declaración de fallido del deudor principal. Cuando, tras el procedimiento legalmente previsto, exista una declaración de fallido del deudor principal, el responsable solidario (ex art 42.2 LGT) no podrá impugnar el acto de su derivación de responsabilidad sobre la base de considerar que no está justificada dicha declaración de fallido, aduciendo la existencia de bienes y derechos de titularidad de dicho deudor principal no trabados o ejecutados y sí ejecutables. Completando nuestra jurisprudencia, entendemos, no obstante, que el responsable solidario (ex art 42.2 LGT) puede, de manera excepcional, fundar la impugnación de su propia derivación de responsabilidad, argumentando el contenido meramente formal de la declaración de fallido del obligado principal, en aquellos casos en que dicha declaración presente un déficit de motivación o de razonamientos específicamente, con relación a la ausencia o insuficiencia de patrimonio del obligado principal para hacer frente a la deuda tributaria-, de tal magnitud, que prive a dicha declaración de todo contenido material, equiparándola, desde una perspectiva sustantiva, a la inexistencia de dicha declaración del fallido. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1415/2024 – Num. Proc.: 991/2023 – Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda (TOL10.168.349)
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 1.415/2024 Fecha de sentencia: 24/07/2024 Tipo de procedimiento: R. CASACION Número del procedimiento: 991/2023 Fallo/Acuerdo: Fecha de Votación y Fallo: 11/06/2024...