Recurso de reforma y subsidiario de apelación contra auto. Delito amenazas continuadas en el ámbito de violencia de género y quebrantamiento de medidas cautelares (TOL9.923.091)

set. 6, 2024

Artículo 766.2 LECrim

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº ... DE ...

… Procurador de los Tribunales, en nombre de D./Dña. …, cuya representación consta debidamente acreditada en las Diligencias Previas nº447/2023, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho DIGO:

I.- Que se ha notificado a esta parte Auto de fecha 30 de enero de 2024, mediante el cual se acuerda seguir el trámite establecido para el juicio oral por presunto delito de amenazas continuadas en el ámbito de violencia de género y quebrantamiento de medidas cautelares contra mi representado.

II.- Que considerando dicha resolución contraria a derecho y a los intereses de mi representado, en tiempo y forma y a tenor de lo previsto en el art. 766.2 y 3 interpongo contra la misma RECURSO DE REFORMA Y SUBSIDIARIO DE APELACIÓN (art. 766.2 El recurso de apelación podrá interponerse subsidiariamente con el de reforma o por separado. En ningún caso será necesario interponer previamente el de reforma para presentar la apelación) en base a las siguientes:

 

ALEGACIONES

ÚNICA.– Por esta parte se solicitó ... consistente en …, dicha prueba se considera esencial para la defensa de mi representado y ello, en base a las manifestaciones que a este respecto ha hecho siempre mi representado … (Fundamentar lo solicitado en el procedimiento y aquellas alegaciones que fundamenten el recurso)

En su virtud,

SOLICITO AL JUZGADO, tenga por presentado este escrito y sus copias, tenga por formulado RECURSO DE REFORMA y SUBSIDIARIO DE APELACIÓN contra el Auto de fecha 30 de enero de 2024 y tras la tramitación correspondiente solicito la revocación de dicho Auto, procediéndose a la práctica de la prueba ... solicitada.

(Art. 766.4 LECrim Si el recurso de apelación se hubiere interpuesto subsidiariamente con el de reforma, si éste resulta total o parcialmente desestimatorio, antes de dar traslado al recurrente por un plazo de cinco días para que formule alegaciones y pueda presentar, en su caso, los documentos justificativos de sus peticiones).

(Lugar y Fecha) (Firma de Letrado y Procurador)

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