TS Sala 3ª; 18-09-2023. El TS reitera que en relación al artículo 53.1.a) LOEX es la multa la sanción a imponer en lugar de expulsión. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Quinta – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1140/2023 – Num. Rec.: 2251/2021 – Ponente: CARLOS LESMES SERRANO (TOL9.713.406)

nov. 25, 2023

Extranjería. Expulsión del territorio nacional con prohibición de entrada por periodo de tres años. Áplicación de la legislación y jurisprudencia de la UE y de la doctrina, jurisprudencia y marco normativo español en materia de sanciones que llevan aparejadas la expulsión del teritorio nacional. Aplicación del principio de proporcionalidad de la sanción.

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Quinta

Sentencia núm. 1.140/2023

Fecha de sentencia: 18/09/2023

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 2251/2021

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 18/07/2023

Ponente: Excmo. Sr. D. Carlos Lesmes Serrano

Procedencia: T.S.J.PAIS VASCO CON/AD SEC.3

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Sinforiano Rodriguez Herrero

Transcrito por:

Nota:

R. CASACION núm.: 2251/2021

Ponente: Excmo. Sr. D. Carlos Lesmes Serrano

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Sinforiano Rodriguez Herrero

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Quinta

Sentencia núm. 1140/2023

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Carlos Lesmes Serrano, presidente

D. Wenceslao Francisco Olea Godoy

D. Ángel Ramón Arozamena Laso

D. Fernando Román García

D.ª Ángeles Huet De Sande

En Madrid, a 18 de septiembre de 2023.

Esta Sala ha visto el recurso de casación 2251/2021 interpuesto por la procuradora doña María Bellón Martín en nombre y representación de don Antonio, bajo la dirección letrada de don Juan Jaime Cachazo Ibarreche, contra la sentencia número 524/2020, de 15 de diciembre de 2020, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el Recurso de Apelación 178/2020, promovido contra la sentencia de nº 208/2019, de 19 de noviembre de 2019, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de los de Donostia, en el procedimiento abreviado 393/2019, interpuesto contra la resolución de fecha 31 de mayo de 2019 de la Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa que decretó la expulsión del recurrente del territorio nacional, con la prohibición de entrada en España por un periodo de tres años.

Ha comparecido como parte recurrida la Administración General del Estado, actuando en su representación y defensa la Abogacía del Estado.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Carlos Lesmes Serrano.

PRIMERO.-Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Donostia, se tramitó el Procedimiento Abreviado 393/2019, promovido por la representación procesal de don Antonio, contra resolución de fecha 31 de mayo de 2019 de la Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa que decretó la expulsión del recurrente del territorio nacional, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un periodo de 3 años, por la comisión de una infracción prevista en el artículo 53.1.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

En dicho procedimiento se dictó sentencia en fecha 1 de diciembre de 2020 por la que se desestimaba el recurso, y cuyo fallo literalmente establecía:

"DESESTIMO íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Antonio contra la resolución indicada en el encabezamiento que se declara ajustada a derecho y se confirma, absolviendo a la parte recurrida de todos los pronunciamientos interesados en su contra...".

SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, la representación procesal de la parte recurrente, interpuso recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (Sección Tercera), que se tramitó con el número 178/2020, y en el que recayó sentencia nº 524/2020, de fecha 15 de diciembre de 2020, que desestim . . .

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