T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Social
PLENO
Sentencia núm. 322/2024
Fecha de sentencia: 21/02/2024
Tipo de procedimiento: UNIFICACIÓN DOCTRINA
Número del procedimiento: 862/2023
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 21/02/2024
Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer
Procedencia: T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Santiago Rivera Jiménez
Transcrito por: rhz
Nota:
UNIFICACIÓN DOCTRINA núm.: 862/2023
Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Santiago Rivera Jiménez
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Social
PLENO
Sentencia núm. 322/2024
Excmos. Sres. y Excmas. Sras.
D. Antonio V. Sempere Navarro
D. Ángel Blasco Pellicer
D. Sebastián Moralo Gallego
D.ª María Luz García Paredes
D.ª Concepción Rosario Ureste García
D. Juan Molins García-Atance
D. Ignacio Garcia-Perrote Escartín
En Madrid, a 21 de febrero de 2024.
Esta Sala ha visto el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social representados y asistidos por el letrado de la Administración de la Seguridad Social, contra la sentencia dictada el 2 de diciembre de 2022 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el recurso de suplicación núm. 840/2022, formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Santander, de fecha 19 de julio de 2022, autos núm. 156/2022, que resolvió la demanda sobre complemento maternidad interpuesta por D. Daniel frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social.
La parte recurrida no ha comparecido.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer.
PRIMERO.- Con fecha 19 de julio de 2022 el Juzgado de lo Social núm. Uno de Santander dictó sentencia, en la que se declararon probados los siguientes hechos:
"PRIMERO.- Mediante resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Cantabria se reconoció a don Daniel una pensión de jubilación ordinaria, con cargo al Régimen General de la Seguridad Social, con las siguientes particularidades:
Hecho causante: 30/11/2016 € Efectos económicos: 01/12/2016 Base Reguladora: 1078,72€ Porcentaje: 100,00% Pensión Inicial: 1078,72€
SEGUNDO.- En fecha 24/01/2022 el actor solicitó el reconocimiento de complemento de maternidad respecto de dicha pensión, que le fue denegado por resolución de 30/12/2021. Formulada reclamación previa, fue desestimada.
TERCERO.- El demandante es padre de tres hijos."
En dicha sentencia aparece la siguiente parte dispositiva:
"Que ESTIMANDO la demanda formulada por DON Daniel frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DECLARO el derecho del demandante a percibir con cargo al Régimen General complemento de maternidad de un 10% de la cuantía inicial de la pensión reconocida, y con efectos económicos desde el día 01/12/2016, y CONDENO a las demandadas a estar y pasar por tal declaración y abonar al demandante el complemento desde dicha fecha."
SEGUNDO.- La citada sentencia fue recurrida en suplicación por el INSS y la TGSS ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la cual dictó sentencia en fecha 2 de diciembre de 2022, en la que consta el siguiente fallo:
"Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Santander, de fecha 19 de julio de 2022 (proc. 156/2022), tramitado a instancia de D. Daniel . . .
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