TSJ Asturias; 12-12-2023. Se deniega la la incapacidad permanente a un ayudante de cocina con dolencias traumatológicas y trastorno depresivo. – Tribunal Superior de Justicia de Asturias – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 1733/2023 – Num. Proc.: 1508/2023 – Ponente: José Luis Niño Romero (TOL9.823.186)

gen. 26, 2024

El tribunal señala que el empleado afectado por enfermedades como EPOC, síndrome post-Covid, SAHS leve y espondiloartrosis cérvico-lumbar, así como trastorno depresivo, no presenta limitaciones relevantes en su capacidad funcional actual que le impidan realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual. Sin embargo, reconocen la posibilidad de incapacidad temporal en momentos de crisis.

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01733/2023

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

Correo electrónico:

NIG: 33024 44 4 2022 0001644

Equipo/usuario: MAM

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001508 /2023

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000407 /2022

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Eutimio

ABOGADO/A: GLORIA PATRICIA BENITEZ MONSALVE

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

PROCURADOR: ,

GRADUADO/A SOCIAL: ,

Sentencia nº 1733/2023

En OVIEDO, a doce de diciembre de dos mil veintitrés.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, Presidente, Dª. ISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS, Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ y D. JOSE LUIS NIÑO ROMERO, Magistrados, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 1508/2023, formalizado por la LETRADA DOÑA GLORIA PATRICIA BENITEZ MONSALVE, en nombre y representación de Eutimio, contra la sentencia número 115/2023 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de GIJON en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000407 /2022, seguidos a instancia de Eutimio frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo Sr DON JOSE LUIS NIÑO ROMERO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

PRIMERO: DON Eutimio presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 115/2023, de fecha veintiséis de mayo de dos mil veintitrés.

SEGUNDO: En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- El demandante, nacido el NUM000 de 1966 y afiliado al RGSS con el número NUM001 tiene como profesión habitual la de Ayudante de cocina. Es padre de dos descendientes nacidos en 1998 y 2002.

SEGUNDO.- El actor presentó solicitud de reconocimiento de IP ante el INSS, y tras los trámites e informes preceptivos, entre ellos dictamen propuesta de 22 de marzo de 2022 (hecho causante), la Entidad gestora dictó resolución el 28 de marzo de 2022, desestimatoria, "POR NO ALCANZAR, LAS LESIONES QUE PADECE, UN GRADO SUFICIENTE DE DISMINUCION DE SU CAPACIDAD LABORAL, PARA SER CONSTITUTIVAS DE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE, SEGUN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 194 DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, APROBADA POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2015, DE 30 DE OCTUBRE (BOE 31/10/15), EN RELACION CON EL ARTICULO 193.1 DE LA MISMA DISPOSICION."

Interpuesta reclamación previa por el actor, fue desestimada por resolución de 27 de junio de 2022.

TERCERO.- El cuadro clínico que motivó la resolución precedente fue: "Diagnosticado de EPOC y síndrome post-Covid. SAHS leve. Espondiloartrosis cérvico-lumbar. Diagnosticado de trastorno depresivo y problemas relacionados con el ambiente social."

CUARTO.- En la exploración funcional que se practicó al demandante por el . . .

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