TSJ Baleares; 18-01-2024. Denegada la incapacidad permanente a un jardinero que sufrió accidente de trabajo mientras usaba unas tijeras de podar porque sus limitaciones no afectan a su capacidad física para desarrollar su profesión. – Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 17/2024 – Num. Proc.: 433/2023 – Ponente: Antoni Oliver Reus (TOL9.891.353)

març 27, 2024

T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIALPALMA DE MALLORCASENTENCIA: 00017/2024TIPO Y Nº DE RECURSO: RSU RECURSO SUPLICACION 0000433 /2023NIG: 07040 44 4 2020 0004127Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL EN MATERIA PRESTACIONAL 0000816 /2020Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL 4 DE PALMARECURRENTE: JoaquínGRADUADO SOCIAL: MONICA SALA SABATRECURRIDO: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDADSOCIAL , AJUNTAMENT PALMA MALLORCA , MUTUA BALEARABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL ,LETRADO AYUNTAMIENTO , ISABEL SALVA ROSSELLO , , , , , ,Ilmos. Sres.D. Antoni Oliver Reus, presidenteD. Alejandro Roa NonideD. Joan Agustí MaragallEn la ciudad de Palma, a 18 de enero de 2024 .Esta Sala ha visto el recurso de suplicación nº 433/2023, formalizado por la Graduada Social Dª. Mónica SalaSabat, en nombre y representación de D. Joaquín , contra la sentencia nº 37/23 de fecha 10 de febrero de2023, dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Palma, en sus autos nº SSS 816/20, seguidos a instanciade la parte recurrente, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERIA GENERALDE LA SEGURIDAD SOCIAL y la MUTUA BALEAR representada por la letrada Dª Isabel Salvá Rosselló, y elAYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA, representado por el letrado del Ayuntamiento, en materia deIncapacidad Permanente, siendo magistrado-ponente el Ilmo. Sr. D. Antoni Oliver Reus, y deduciéndose de lasactuaciones habidas los siguientes:PRIMERO.- La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: 1.- D. Joaquín , mayor de edad, con D.N.I nº NUM000 , presta servicios en el Ajuntament de Palma, grupo funcional de Conservación de Parcs i Jardins, Grupo profesional: C2, con la categoría profesional de Coordinador de Conservación de Parcs i Jardins.2.- El 22.2.2019 sufrió accidente de trabajo mientras usaba unas tijeras de podar por sobresfuerzo físico que le produjo dolor e hinchazón, emitiéndose parte de baja por Mutua Balear.Fue alta por curación o mejoría el dia 16.7.219.Fue baja por recaída el día 26.9.2019 con diagnóstico de tendinitis palmar mayor muñeca derecha.3.- Se tramitó expediente administrativo en el que se emitió informe propuesta clínico laboral de lesiones permanentes no invalidantes conteniendo cuadro clínico de Recidiva de síndrome de túnel carpiano derecho , y como ilimitaciones "cicatriz quirúrgica en muñeca sin repercusión funcional secundaria, balance articular completo de codos, BA de muñeca izquierda completo , y BA de muñeca derecha flexoextensión 80º/0º/70º, inclinación cubital radia 30º/0º/20º, y pronación supinación 80º/0º/80º; no parestesias ni distesias, buena funcionalidad de ambas manos, fuerza prensil conservada bilateral, BA de los dedos de ambas manos completo, buen contacto pulgar índice, comisuras conservadas. Limitación de la movilidad de la muleca derecha (dominante) en menos del 50%..4.- El INSS dictó resolución de fecha 5 de febrero de 2020, aprobando la prestación por "lesiones permanentes no incapacitantes", siendo la cuantía de dicha prestación, de 1.610,00 €, baremo 077 y 110, siendo responsable del pago de la prestación mutua Balear.5.- La parte actora interpuso reclamación previa interesando la declaración de incapacidad permanente parcial que fue desestimada por la Entidad Gestora.6. - El demandante presenta las siguientes dolencias y limitaciones funcionales: Sindr ome de túnel carpiano y secuelas de accidente de trabajo con disminución de 10º a la extensión en muñeca derecha, inclinaciones cubital-radial y pronosupinación dentro de la normalidad.7.- Const a evaluación de riesgos conteniendo la descrpciñon de las funciones del puesto de coordinador de conservación de parques y jardines, así como descrpciñon de tareas del puesto de trabajo, que se tienen aquí por reproducidas.(Acon tecimentos nº 124 del expediente digital) 8.- En informe del Servicio de Prevención del Ayuntamiento de fecha 12.7.2021 se califica al trabajador de apto con restricciones a caídas, manipulación de cargas de mas de 15 kilos, posturas forzadas y temperaturas extremas, evitando elevar el brazo por encima del hombreo, y el trabajo de rodillas.En informe del Servicio de Prevención Quirón de fecha 29.8.2022 se califica al trabajador de apto con limitaciones a la manipulación manual de cargas de más de 5 kgs, tareas . . .

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