T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda...
Butlletí de novetats jurídiques
Oposición del deudor al requerimiento de proceso monitorio que, por su cuantía, deberá continuarse por los trámites del juicio verbal (TOL273.616)
Artículo 818 LECAL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº [...]D./Dª [...] Procurador de...
Nuevo reglamento del sistema arbitral de consumo (TOL10.147.561)
Nuevo reglamento del sistema arbitral de consumoEl pasado 13 de agosto entró en...
Consulta número: V3260-23. Indica el consultante que “es perceptor de pensión extraordinaria del sistema de Clases Pasivas del Estado, como integrante de las Fuerzas Armadas, en situación de retirado desde el 1 de enero de 1992. En su momento estaba encuadrado en el definido Cuerpo de Mutilados de las Fuerzas Armadas, al ser reconocidas sus lesiones e incapacidad permanente en acto de servicio. En el momento de pasar a la situación de retiro, se le aplicó el cálculo del 200% del regulador correspondiente, al amparo de lo previsto en los Artículos 47, 48 y 49 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, regulador de la Ley de Clases Pasivas”. Señala además que “su pensión ordinaria alcanza exclusivamente el valor del regulador, que significa el lucro para sí y cónyuge supérstite, si lo hubiere” y que “el ciento por ciento adicional, no es un lucro personal ni genera derecho transmisible a posibles familiares cuales serían cónyuge, descendientes o ascendientes”.Cuestión Planteada: “Posibilidad de contemplar el complemento de la prestación de retiro, hasta alcanzar el 200%, como renta vitalicia y, por ende, posibilidad de aplicar la exención prevista en el artículo 7-d) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, únicamente en el complemento”.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.635)
CONTESTACIÓNEn orden a la aplicación de la exención recogida en el artículo 7.d) de...
Instrumento de adhesión al Convenio sobre seguridad y salud en la construcción, hecho en Ginebra el 22 de junio de 1988 (TOL10.122.906)
Texto de Inicio FELIPE VI REY DE ESPAÑA El 22 de junio de 1988, la Conferencia...
Real Decreto 758/2024, de 30 de julio, por el que se crea el Consejo de la Productividad de España (TOL10.122.907)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. I El crecimiento de la productividad es uno de los retos...
Real Decreto 763/2024, de 30 de julio, por el que se crea el Comité Interministerial de seguimiento e impulso del Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil (TOL10.122.912)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. En el mes de junio de 2022 se presentó el Plan Estratégico...
Querella interpuesta por la Abogacía del Estado, en representación de la institución de la Presidencia del Gobierno por un delito de prevaricación. – Abogacía del Estado – Jurisdicción: Penal – Resolución – Ponente: Zaida Isabel Fernandez Toro (TOL10.119.770)
A LA SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID La...
Se crea la sede electrónica y se regulan los registros electrónicos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (TOL10.116.912)
Resolución de 18 de julio de 2024 (TO10110279), de la Presidencia de la Agencia...
Real Decreto 708/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de las personas cooperantes (TOL10.112.939)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional...
Principales novedades fiscales publicadas durante julio de 2024 (TOL10.122.982)
ÍNDICE: NORMATIVA NACIONAL INFORMACIÓN AEAT SELECCIÓN DE SENTENCIAS Tribunal de...
Convenio entre el Reino de España y la República del Paraguay para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión o elusión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Santo Domingo el 25 de marzo de 2023 (TOL10.117.019)
Texto de Inicio CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY PARA...
Régimen fiscal especial de las Illes Balears (TOL10.116.911)
Real Decreto 710/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de...
Convenios de Doble Imposición (CDI) entre el Reino de España y la República del Paraguay (TOL10.122.972)
Convenio entre el Reino de España y la República del Paraguay para evitar la doble...
Delito de homicidio concurriendo la circunstancia agravante de parentesco. La declaración de autoría no exige necesariamente que cada autor, o coautor, ejecute por sí mismos los actos materiales que integran el núcleo del tipo, pues a la realización del mismo se llega, en caso de pluralidad de autores, por la agregación de diversas aportaciones de los coautores, integradas en un plan común, de manera que dentro de un codominio funcional del hecho cabe integrar en la coautoría, como organización conjunta del hecho, aportaciones ajenas al núcleo de tipo. De igual manera quienes planifican, organizan y dirigen a distancia la operación, sin intervenir directa y materialmente su ejecución, son autores. La participación en el planeamiento del hecho y la adopción de medidas tendentes a la efectiva realización rellena los elementos de la autoría. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 715/2024 – Num. Proc.: 10778/2023 – Ponente: Andrés Martínez Arrieta (TOL10.102.830)
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal Sentencia núm. 715/2024 Fecha de...