Acceso indebido a datos médicos protegidos
La Audiencia de A Coruña ha condenado a una enfermera por consultar sin autorización el historial clínico de una mujer y su hijo. Esta acción vulneró su derecho a la intimidad. Además, supuso una infracción a la normativa de protección de datos. La acusada, que trabajaba en el sistema público de salud autonómico, utilizó la aplicación IANUS para acceder reiteradamente a información médica sin justificación ni consentimiento.
Hechos probados
Uso de su cargo para acceder al historial clínico
El tribunal determinó que la acusada aprovechó su condición de trabajadora del sistema sanitario para ingresar a la plataforma IANUS en múltiples ocasiones. Según el informe pericial, estas consultas no tenían un fin asistencial y se realizaron sin el consentimiento de los afectados.
Durante el juicio, la enfermera argumentó que contaba con permiso de la familia para interpretar informes médicos o gestionar citas. Sin embargo, la Sala concluyó que no se había probado tal autorización. De hecho, la relación entre ambas partes se había deteriorado tiempo atrás, lo que descartaba cualquier consentimiento tácito o permanente.
Los querellantes negaron haber solicitado a la acusada que accediera a su historial, y el tribunal consideró que las pruebas documentales confirmaban la versión de las víctimas.
El tribunal no encontró pruebas concluyentes de que la información extraída hubiera sido compartida con terceros. No obstante, consideró que el simple hecho de acceder reiteradamente a datos médicos protegidos constituía una infracción grave del derecho a la intimidad.
Delito de revelación de secretos y agravante por función pública
La sentencia subrayó que la acusada cometió un delito de revelación de secretos, dado que utilizó su acceso profesional a información confidencial de manera indebida. Además, la Sala aplicó como agravante el hecho de que la enfermera formaba parte del sistema público de salud, ya que su posición le otorgaba un acceso privilegiado a datos sensibles.
Acceso indebido a datos del historial clínico
El tribunal impuso penas de prisión, multa e inhabilitación para empleo o cargo público. La condena responde a la gravedad de los hechos y a la necesidad de proteger la intimidad de los pacientes, especialmente cuando se trata de menores.
Asimismo, la sentencia destaca que este tipo de delitos afectan la confianza en el sistema público de salud, por lo que la respuesta judicial debe ser firme y ejemplarizante.