El Tribunal Supremo ha resuelto un caso en el que se planteaba la posible aplicación del principio de absorción en la concurrencia de dos delitos:
- Delito contra los derechos de los trabajadores (art. 316 del Código Penal).
- Delito de lesiones por imprudencia grave (art. 152.1.3 del Código Penal).
Tras la confirmación parcial de la condena por la Audiencia Provincial, la defensa recurrió en casación. La clave del recurso fue determinar si ambos delitos debían castigarse por separado o si uno absorbía al otro.
Concurso de normas: delito contra los derechos de los trabajadores y delito de lesiones
El Tribunal Supremo analizó si debía mantenerse la doble condena o si el delito de lesiones por imprudencia absorbía el delito de peligro. Según su jurisprudencia, cuando la omisión de medidas de seguridad afecta solo a la persona lesionada, se aplica el principio de absorción: el delito de peligro queda consumido por el de lesiones.
Por el contrario, si la conducta imprudente puso en riesgo a varios trabajadores, ambos delitos podrían concurrir de forma ideal. Sin embargo, en este caso, no se acreditó la existencia de riesgo colectivo, por lo que correspondía aplicar el principio de consunción.
Principio de absorción en el derecho penal
El principio de absorción (o consunción) evita sancionar dos veces la misma conducta cuando un delito de peligro se materializa en un delito de resultado. Así, si la infracción en prevención de riesgos laborales provoca lesiones a un solo trabajador sin afectar a otros, solo debe castigarse el daño causado.
El Tribunal Supremo concluyó que, en estos supuestos, la conducta debe calificarse únicamente como delito de lesiones por imprudencia.
Conclusión
Esta sentencia reafirma que cuando la falta de medidas de seguridad solo afecta a un trabajador y no se acredita riesgo para más empleados, el delito de lesiones absorbe al delito contra los derechos de los trabajadores. Así, el principio de absorción impide una doble condena por los mismos hechos, respetando el principio de proporcionalidad en el derecho penal.