Marco jurídico de la resolución de días inhábiles de la AGE.
La Secretaría de Estado de Función Pública ha publicado la Resolución de 18 de noviembre de 2025, mediante la cual se fija el calendario de días inhábiles de la Administración General del Estado (AGE) para el año 202. Esta determinación deriva directamente del artículo 30.7 de la Ley 39/2015, que obliga a la AGE a establecer anualmente los días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, ajustándose al calendario laboral oficial aprobado por la Dirección General de Trabajo.
El artículo 30. 8 de la misma ley aclara que la declaración de días inhábiles únicamente afecta al cómputo de plazos, sin alterar el funcionamiento de los centros de trabajo, la organización interna ni el acceso de los ciudadanos a los registros, una precisión necesaria para delimitar el alcance jurídico de esta resolución.
Criterios generales aplicados
- Ámbito nacional: Se consideran inhábiles los sábados, domingos y festivos nacionales no sustituibles, recogidos en la resolución de fiestas laborales para 2026.
- Ámbito autonómico: Se incluyen como inhábiles los días festivos fijados por cada comunidad autónoma en sus calendarios propios.
- Ámbito local: Se integran los días declarados inhábiles por las comunidades autónomas para las entidades locales.
Todos estos días se detallan en un extenso anexo mensual que especifica, para cada comunidad autónoma, las jornadas declaradas inhábiles, garantizando seguridad jurídica y homogeneidad en el cómputo de plazos administrativos para ciudadanos y operadores jurídicos.Relación de días inhábiles por meses
El anexo de la resolución recoge, mes a mes, los días inhábiles fijados en todo el territorio nacional y en los distintos ámbitos territoriales. Entre los más significativos destacan:
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1 y 6 de enero: Inhábiles en toda España.
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3 de abril, 1 de mayo, 12 de octubre, 8 y 25 de diciembre: Festivos nacionales comunes.
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Diversas festividades autonómicas, como el 23 de abril en Aragón, el 24 de junio en Cataluña, Galicia y la Comunitat Valenciana, o el 2 de febrero en Tenerife, conforme al régimen específico de Canarias.
Asimismo, la resolución incorpora precisiones normativas sobre particularidades insulares en Canarias y sobre la sustitución de festivos en el territorio de Arán, en Cataluña.
Publicación y efectos
La resolución ordena su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Punto de Acceso General Electrónico, cumpliendo así las exigencias de publicidad e información establecidas por la Ley 39/2015. A partir de esta publicación, el calendario queda plenamente vigente para el cómputo de plazos administrativos durante 2026.

