<

El Supremo anula una cláusula de extinción de contrato sin indemnización para teleoperadores

Nulidad de la cláusula extintiva del contrato de teleoperadores por no alcanzar el 75% de la media de producción mensual.

Publicat: 4 d'octubre de 2024

El TS establece la nulidad de una cláusula extintiva para teleoperadores por no alcanzar el 75% de la media de producción mensual.

La Sala Social del Tribunal Supremo ha ratificado la nulidad de una cláusula extintiva incluida en varios contratos de teleoperadores. Dicha cláusula permitía a la empresa finalizar el contrato sin indemnización si el trabajador no alcanzaba el 75% de la producción mensual media del servicio. El Tribunal ha considerado esta cláusula abusiva por no contemplar las circunstancias subjetivas del empleado, además de eludir las garantías procesales del despido reguladas en el artículo 54.2.e del Estatuto de los Trabajadores.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la empresa contra la sentencia de la Audiencia Nacional de octubre de 2022. La sentencia ya había declarado la nulidad de la cláusula por abusiva. La empresa impuso una condición resolutoria unilateral, la cual no permite una negociación justa ni evalúa correctamente el rendimiento de cada empleado, apartándose de lo estipulado en el artículo 49.1.b del ET.

La cláusula en cuestión especificaba que, en caso de que un trabajador no alcanzara el 75% de la media de producción durante tres meses consecutivos o cuatro meses alternos en un periodo de seis meses, la empresa podía rescindir el contrato sin obligación de compensación económica. 

Confirmación de la nulidad por abuso

Para el Tribunal Supremo, esta disposición vulnera las garantías que deben proteger a los trabajadores en caso de despido. La empresa no puede dar por terminada una relación laboral por bajo rendimiento sin valorar las circunstancias individuales del trabajador, como establece el despido disciplinario. Además, el tribunal señaló que esta cláusula impuesta a todos los contratos no había sido negociada libremente con los empleados ni respetaba el convenio colectivo del sector del contact center. En dicho convenio se regula la disminución continuada y voluntaria del rendimiento como una falta grave, pero no contempla la resolución automática del contrato sin indemnización.

Por todo ello, el Supremo considera que la cláusula pretendía eludir las exigencias del despido disciplinario. Para poder aplicarlo, se requiere una justificación clara de la falta grave del trabajador. La sentencia confirma que la empresa debe demostrar que la disminución del rendimiento justifica la rescisión del contrato, cosa que no ocurrió en este caso.

 

Fuente: CGPJ.

Últimes entrades publicades

Tirant PRIME Conversa vs. IAs generalistas: ¿qué IA jurídica es realmente fiable para profesionales del derecho?

by | nov. 28, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

En los últimos años, el uso de herramientas de inteligencia artificial ha crecido de forma exponencial en el ámbito jurídico. Cada vez más profesionales buscan...

cambio permanente de horario

El TS limita el cambio permanente de horario sin garantías

by | nov. 28, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha declarado nulo un precepto del II Convenio Colectivo de Refino. Este precepto facultaba a la empresa a realizar cambios permanentes de horario y...

elementos precisos y concretos

Sin elementos precisos y concretos no hay trato desigual válido

by | nov. 28, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Anulado parte del convenio de Iberia por carecer de elementos precisos y concretos que justifiquen excluir a los trabajadores a tiempo parcial de un complemento salarial.

responsables solidarios

Investigación de responsables solidarios antes del administrador subsidiario

by | nov. 28, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Supremo ha dictado sentencia, estableciendo que antes del administrador subsidiario, debe investigar a los responsables solidarios.

deducción por hijo a cargo

Funcionarios de la Unión Europea y la deducción fiscal por hijo a cargo tras los 26 años

by | nov. 28, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TJUE establece que la deducción fiscal por hijo a cargo que tienen los funcionarios de la UE se limita a la edad de 26 años.

derecho de defensa

El Supremo valida la actuación letrada y el derecho de defensa

by | nov. 27, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Según el Tribunal Supremo, el derecho de defensa no fue vulnerado, ya que no se acreditaron omisiones graves ni perjuicio procesal al acusado