<

La empresa no puede obligar a utilizar el teléfono móvil personal para trabajar

La Audiencia Nacional recuerda que la empresa no puede imponer a los trabajadores la obligación de utilizar su teléfono móvil personal.

Publicat: 14 de març de 2024

Entre otras cuestiones, la Audiencia Nacional estima una demanda de conflicto colectivo por obligar a utilizar el teléfono móvil personal para las obligaciones laborales. [TOL9.884.699]

Recientemente, en un procedimiento de conflictos colectivos se plantearon varias cuestiones ante la Audiencia Nacional que afectaban a unas mil personas trabajadoras. Entre ellas, la empresa obligaba a los trabajadores a utilizar sus teléfonos móviles personales para el trabajo. Más concretamente, en la demanda se solicitaron los siguientes pronunciamientos: 

  • Cumplimiento de los porcentajes de presencialidad y teletrabajo. 
  • Abono de los gastos de teletrabajo.
  • Aportación de los acuerdos individuales alcanzados a la representación de los trabajadores.
  • Planificación trimestral anticipada de los días de prestación de servicio presencial y teletrabajo.
  • Nulidad del contenido de la cláusula novena del contrato individual, en el sentido de que el trabajador no debe facilitar su número de teléfono móvil para recibir SMS o acceder a aplicaciones que confirmen su identidad. Para ello, se apoya en el contenido de los acuerdos individuales, en relación con el artículo 19 del convenio del sector de contact center.

Las cuatro primeras pretensiones consisten en pronunciamientos declarativos sobre obligaciones de hacer. La última consiste en anular la cláusula de los acuerdos relativa a la facilitación del teléfono móvil por el trabajador.

La Audiencia Nacional establece que las cuatro primeras pretensiones deben estimarse, en cuanto a que se trata de obligaciones establecidas por el convenio colectivo, el acuerdo individual y las disposiciones legales. La sentencia recuerda que, en relación al cumplimiento de los porcentajes, la aportación de los acuerdos y la planificación, «existe por tanto una norma contractual que encajando en la legal descrita, debe ser cumplida por el empresario y así procederá declararlo, tal como se solicita». En el caso del abono de los gastos de teletrabajo, queda probado que la empresa no los pago desde meses atrás, se estima la pretensión. 

La utilización de dispositivos personales en el trabajo

Respecto a la última cuestión, la Audiencia Nacional reproduce lo dispuesto en el acuerdo de trabajo: «la Compañía y DXC puede solicitar a la Persona Trabajadora, puntualmente, su número de teléfono móvil para la recepción de mensajes de tipo SMS y/o para acceder a aplicaciones que permiten confirmar la identidad, únicamente durante el horario de trabajo establecido».

La Audiencia considera que, a pesar de estar permitido garantizar la identificación mediante aplicaciones, no debe remitirse al teléfono móvil personal. En el caso, enviaban SMS al móvil personal, por lo que se les obligaba a utilizar sus dispositivos personales para el desarrollo de su trabajo.

Según el artículo 19.7 del convenio colectivo aplicable «las empresas no podrán utilizar herramientas, aplicaciones o dispositivos de las personas trabajadoras que no sean facilitadas por la propia empresa. En el caso de que fuera necesario un sistema de doble factor de autenticación, la empresa deberá facilitar las herramientas y medios necesarios para su uso. Como caso excepcional y exclusivamente para esta finalidad, si la persona trabajadora rechaza la herramienta facilitada por la empresa, podrá dar su consentimiento al uso de dispositivos o herramientas de su propiedad».

De ahí se deduce la prohibición de obligar a utilizar dispositivos personales, la empresa deberá facilitarlos. Sólo en el caso de que así lo decida el trabajador, podrá utilizar el dispositivo propio. 

Por ello, la Audiencia Nacional estima todas las pretensiones y condena a la empresa al cumplimiento de las obligaciones impuestas. 

Últimes entrades publicades

La IA jurídica de Tirant se perfecciona: Ahora, respuestas más profundas y ágiles

by | juny 30, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Tirant lo Blanch continúa fortaleciendo su compromiso con la excelencia tecnológica en el sector jurídico. En el marco de esta apuesta constante por la innovación,...

Doctrina sobre la responsabilidad civil extracontractual en casos por amianto

Doctrina sobre la responsabilidad civil extracontractual en casos por amianto

by | juny 30, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Pleno del Tribunal Supremo introduce un cambio de criterio y permite, a solicitud de los afectados, la aplicación orientativa del baremo de la Ley 35/2015, incluso para hechos ocurridos antes de su entrada en vigor

carta de patrocinio

Carta de patrocinio: compromiso firme

by | juny 30, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Sentencia del Tribunal Supremo 944/2025, de 16 de junio, sobre la carta de patrocinio en el contexto de un préstamo.

huelga judicial

Acuerdo del CGPJ sobre huelga judicial

by | juny 30, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El CGPJ ha publicado un acuerdo en relación a la huelga judicial y fiscal prevista para los próximos días.

Modificación sustancial de las condiciones de trabajo

Modificación sustancial de las condiciones de trabajo | Pruebas físicas

by | juny 30, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo concluye que no se ha producido una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Estas pruebas periódicas no alteran las condiciones esenciales del trabajo ni introducen nuevas exigencias

desconexión digital

Derecho a la desconexión digital durante la baja médica

by | juny 27, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia reconoce que la empresa atentó contra la integridad moral de la trabajadora al no respetar su derecho a la desconexión...