El Consejo de la Unión Europea incluyó a varios ciudadanos rusos en listas de personas sujetas a medidas restrictivas en el contexto de la invasión de Ucrania por Rusia. Debido a la creciente complejidad de los mecanismos para eludir estas sanciones, se adoptó un reglamento el 21 de julio de 2022. Este reglamento establece obligaciones de notificación de fondos y cooperación con las autoridades competentes. El incumplimiento de estas obligaciones se considera una forma de evasión de las medidas de inmovilización de fondos.
El objetivo del reglamento es dificultar el uso de estructuras jurídicas y financieras complejas que podrían facilitar la elusión de las sanciones o, al menos, complicar la identificación de los fondos y recursos económicos sujetos a estas medidas.
Competente para establecer obligaciones de notificación y de cooperación
Los dos casos presentados ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) comparten un contexto común, relacionado con las sanciones impuestas por la Unión Europea a raíz de la anexión de Crimea por Rusia en 2014 y el conflicto subsiguiente en el este de Ucrania. Ambos litigios se centran en la inclusión de los demandantes en las listas de personas sujetas a medidas restrictivas, basadas en la Decisión 2014/145/PESC y el Reglamento n.º 269/2014, que establecen la inmovilización de activos y la prohibición de poner fondos a disposición de las personas sancionadas.
Recurso contra las obligaciones de notificación de activos y cooperación con las autoridades
En el primer caso, los demandantes, ciudadanos rusos e israelíes o letones, recurrieron contra su inclusión en estas listas, alegando que las sanciones impuestas por el Consejo de la UE, en febrero y marzo de 2022, vulneraban sus derechos. El recurso de anulación presentado cuestionaba, entre otros puntos, las obligaciones de notificación de activos y cooperación con las autoridades. El Consejo de la UE, con el apoyo de varios Estados miembros y la Comisión, sostuvo que dichas disposiciones no afectaban directamente a los demandantes. Argumentaron que los demandantes ya estaban previamente sujetos a sanciones. No obstante, el TGUE concluyó que estas disposiciones sí afectaban directamente a los demandantes, ya que su incumplimiento podría generar sanciones adicionales. Por ello, declaró el recurso admisible.
Base jurídica para imponer obligaciones positivas
En cuanto al fondo, los demandantes argumentaron que el Consejo no tenía la base jurídica para imponer obligaciones positivas, como la notificación de activos, y que tales medidas violaban los principios de proporcionalidad y seguridad jurídica. El TGUE desestimó estos argumentos, afirmando que el Consejo tenía la facultad de adoptar medidas para asegurar la aplicación efectiva y uniforme de las sanciones. Además, concluyó que dichas medidas no eran ni desproporcionadas ni imprecisas.
De manera similar, en el segundo caso, Gennady y Elena Timchenko, ciudadanos con doble nacionalidad rusa y finlandesa, también recurrieron contra las sanciones que les fueron impuestas en febrero y abril de 2022. El Consejo de la UE defendió nuevamente la no afectación directa de las disposiciones sobre los demandantes. Sin embargo, el TGUE llegó a la misma conclusión que en el caso anterior. Consideró que las obligaciones de notificación y cooperación impuestas eran suficientes para justificar la admisibilidad del recurso.
El Consejo es competente para establecer obligaciones de notificación y de cooperación
El Tribunal General determinó que el reglamento no interfiere con las competencias de los Estados miembros. Son las autoridades nacionales quienes mantienen la potestad para definir si las infracciones relacionadas con el incumplimiento de las medidas restrictivas tienen carácter penal, civil o administrativo. De este modo, se asegura que cada Estado miembro pueda aplicar y sancionar las violaciones de las sanciones conforme a su propio marco legal.