El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto contra la sentencia absolutoria dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, en un procedimiento por quebrantamiento de medida cautelar y amenazas en el ámbito familiar. La sentencia, fechada el 24 de junio de 2025, aclara los límites del recurso de casación por infracción de ley. Destacando la imposibilidad de modificar los hechos probados en esta vía de impugnación.re
Hechos probados y pronunciamiento de la Audiencia Provincial
La Audiencia Provincial absolvió al acusado tras considerar que no existía prueba suficiente que acreditara que vulneró de forma consciente y voluntaria las medidas de alejamiento ni que profirió las amenazas denunciadas. Esta conclusión, aunque no quedó reflejada de forma literal en el apartado de hechos probados, sí se recoge de manera clara en los fundamentos jurídicos.
Infracción de ley en el recurso de casación penal
El Tribunal Supremo recuerda que, en el ámbito penal, el recurso de casación por infracción de ley, regulado en el artículo 849.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no permite revalorar la prueba ni alterar los hechos declarados probados por la sentencia recurrida. Solo es posible analizar si, partiendo de los hechos probados, se ha aplicado correctamente la norma jurídica.
En este contexto, cobra especial relevancia la denominada operación heterointegrativa a favor del reo. Este permite incorporar al hecho global todos aquellos elementos favorables al acusado que se desprendan de manera clara de la fundamentación jurídica. Aunque no figuren expresamente en el apartado de hechos probados.
Límites de la infracción de ley: imposibilidad de reinterpretar los hechos
La parte recurrente pretendía que el Tribunal Supremo modificara los hechos probados conforme a su tesis acusatoria. Lo que supondría una vulneración de los límites del recurso por infracción de ley. El Alto Tribunal insiste en que esta vía no puede utilizarse para reinterpretar la valoración probatoria realizada por el tribunal de instancia.
Fallo del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación y condena en costas a la parte recurrente. Conforme a lo establecido en el artículo 901 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.