AP Valencia; 23-10-2023. Delitos de prevaricación, tráfico de influencias, malversación, falsedad documental y blanqueo de capitales: Absolución al no quedar acreditada la comisión de los delitos en la adjudicación de un servicio de atención telefónica y telemática. – Audiencia Provincial de Valencia – Sección Quinta – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 391/2023 – Num. Proc.: 137/2021 – Ponente: SONIA ALICIA CHIRINOS RIVERA (TOL9.758.206)

des. 13, 2023

Conforme dispone la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantíade los derechos digitales, Arts. 236 bis y ss. de la LOPJ, Reglamento EU 2016/679 del parlamento Europeo, ydemás legislación vigente en la materia, los datos contenidos en esta comunicación y en estos documentosson reservados o confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquiermedio o procedimiento, y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios del ámbito del proceso yde la Administración de Justicia, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que puedan derivarsede su uso ilegítimo.AUDIENCIA PROVINCIALSECCIÓN QUINTAVALENCIAAvenida DEL SALER, 14 2ºTfno: 961929124Fax: 961929424E-mail: [email protected] NIG: 46250-43-2-2016-0033940Procedimiento: Procedimiento Abreviado [PAB] N° 000137/2021Dimana del Procedimiento Abreviado [PAB] núm. 001273/2016Del JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 18 DE VALENCIASENTENCIA N° 000391/2023Ilmos/as. Sres/as.:PresidenteMARIA BEGOÑA SOLAZ ROLDÁNMagistrados/asSONIA ALICIA CHIRINOS RIVERA (PONENTE)GONZALO PÉREZ FERNÁNDEZEn Valencia a veintitrés de octubre de dos mil veintitrésLa Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Iltmos. Sres. anotados al margen,ha visto la causa instruida con el número 1273/2016 por el Juzgado de instrucción n° 18 de Valencia y seguidapor un delito continuado de prevaricación administrativa; un delito continuado de malversación de caudalespúblicos; un delito de tráfico de influencias; un delito de blanqueo de capitales; un delito continuado de falsedaden documento mercantil; y un delito continuado de falsedad en documento oficial cometido por funcionariopúblico, seguidos contra los siguientes acusados:Contra José , sin antecedentes penales, con D.N.I. NUM000 , nacido el NUM001 de 1950, hijo de Pedro ySalome , natural de Xátiva, y vecino de Xátiva, PASEO000 nº NUM002 , a quien se acusa de los delitos deprevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, y tráfico de influencias.Contra Miguel , con antecedentes penales no computables a efectos de esta causa, con D.N.I. NUM003 ,natural de Gandía, nacido el NUM004 de 1970, hijo de Abilio y de Carlota , vecino de Xátiva, CALLE000 nºNUM005 , a quien se acusa de los delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos.Contra Ramón , sin antecedentes penales, con D.N.I. NUM006 , nacido el NUM001 de 1954, hijo de Ciriloy de Angustia , natural de Xátiva, y vecino de Xátiva, CALLE001 nº NUM007 , a quien se acusa de losdelitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos; blanqueo de capitales y falsedaden documento mercantil.Contra Secundino , sin antecedentes penales, con D.N.I. NUM008 nacido el NUM009 de 1954, hijo deEstanislao y de Eugenia , natural de Xátiva, y vecino de Valencia, CALLE002 nº NUM010 , a quien se acusade los delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos; y falsedad en documentooficial.Contra Carlos Ramón , sin antecedentes penales, con D.N.I. NUM011 nacido el NUM012 de1955, hijo deIldefonso y de Josefa , natural de Albal, y vecino de Albal, CALLE003 NUM013 , a quien se acusa de losdelitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos; y falsedad en documento oficial.Contra Debora , sin antecedentes penales, con D.N.I. NUM014 nacida el NUM015 de 1954, hija de LuisPedro y de Pilar , natural de Xátiva y vecina de Xátiva, CALLE001 nº NUM007 , a quien se acusa de blanqueode dinero.Contra Estefanía , sin antecedentes penales, con D.N.I. NUM016 nacida el NUM017 de 1951, hija de LuisPedro y de Pilar , natural de Xátiva y vecina de Xátiva, CALLE004 NUM018 , a quien se acusa de blanqueode dinero.Y ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª SONIA ALICIA CHIRINOS RIVERA, quien expresa el parecer del Tribunal.PRIMERO.-Se celebró ante este Tribunal juicio oral y público contra los encausados, en sesiones que tuvieron lugar entre los días 25 de abril y 5 de junio de 2023, día en el que, tras los últimos informes de las defensas de los acusados, y la última palabra de quienes de ellos hicieron uso de su derecho, quedó el juicio visto para sentencia.Se practicaron todas las pruebas que, propuestas, fueron admitidas y no renunciadas.Al inicio de las sesiones, se informó por la Presidencia de la Sala que, en atención a las sesiones previstas y a la duración del juicio . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimes novetats publicades

Tribunal Supremo – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 581/2024 – Num. Proc.: 2049/2022 – Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA (TOL10.074.026)

by | set. 18, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M OSala de lo PenalSentencia núm. 581/2024Fecha de sentencia: 12/06/2024Tipo de procedimiento: RECURSO CASACIONNúmero del procedimiento:...

Tribunal Supremo – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 684/2024 – Num. Proc.: 2465/2022 – Ponente: Ángel Luis Hurtado Adrián (TOL10.094.878)

by | set. 18, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M OSala de lo PenalSentencia núm. 684/2024Fecha de sentencia: 27/06/2024Tipo de procedimiento: RECURSO CASACIONNúmero del procedimiento:...

No se vulnera el derecho a la desconexión por el envío de correos electrónicos durante su situación de incapacidad temporal porque bastaba con no recepcionarlo. Es evidente que no se da de baja a ningún trabajador en un correo corporativo por esta suspensión de sus funciones por enfermedad, lo que incluso podría ser discriminatorio, pudiendo así recibir los mismos correos que sus compañeros, al estar en la lista, y no quedar desinformada de lo que sucede en la empresa, pero sentado esto, está claro que la trabajadora no tenía ninguna obligación de abrir y ni siquiera de mirar dicho correo corporativo durante la enfermedad, ni nadie se lo exigió. – Tribunal Superior de Justicia de Madrid – Sección Segunda – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 534/2024 – Num. Proc.: 267/2024 – Ponente: María Virginia García Alarcón (TOL10.173.667)

by | set. 18, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Jurisprudencia | 0 Comments

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 , Planta 2 - 28010 Teléfono: 914931969 Fax: 914931957...

Protección medioambiental de la zona internacional de los fondos marinos en su consideración como patrimonio común de la humanidad (Revista Jurídica de la Comunidad Valenciana Nº 88/2024) (TOL10.139.516)

by | set. 18, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Doctrina | 0 Comments

PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL DE LA ZONA INTERNACIONAL DE LOS FONDOS MARINOS EN SU CONSIDERACIÓN COMO PATRIMONIO COMÚN DE LA HUMANIDAD Resumen: La Zona Internacional de los...

PLAZOS ENTREGAR DOCUMENTACION INSPECCIÓN DE TRABAJO. Últimamente viene la Inspección y solicita documentos y da plazos de 3 días, 2 días, etc. Sin importar la carga de trabajo que tengamos. Mi pregunta es ¿hay un plazo legal establecido mínimo y/o máximo para entregar la documentación?. ¿Pueden establecer a su gusto los plazos de entrega de la documentación solicitada en la inspección de trabajo? (TOL10.153.123)

by | set. 18, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Consulta | 0 Comments

TAS5920Re: PLAZOS ENTREGAR DOCUMENTACION INSPECCIÓN DE TRABAJOLa Inspección de Trabajo está habilitada para requerir a la empresa, o a su representante, la...

Petición Inicial de Proceso Monitorio en reclamación de cantidades derivadas de relación laboral (TOL4.439.616)

by | set. 18, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Formulario | 0 Comments

Artículo 101 LRJS AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE [...]D./Doña […] mayor de edad, con D.N.I. núm. […] número de afiliación a la Seguridad Social […], con domicilio en […]...