Butlletí de novetats jurídiques

Antigüedad en organismo público. Se discute si debe tenerse en cuenta el tiempo anteriormente trabajado en una empresa pública. Si el Convenio Colectivo ordena el cómputo de los servicios prestados en cualquier administración a efectos de trienios, deben computarse los periodos trabajados en empresas públicas. – Tribunal Supremo – Sala Cuarta – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 902/2024 – Num. Proc.: 1274/2023 – Ponente: Sebastián Moralo Gallego (TOL10.075.499)

UNIFICACIÓN DOCTRINA núm.: 1274/2023 Ponente: Excmo. Sr. D. Sebastián Moralo...

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Contrato de arrendamiento de obra entre un consumidor y un profesional. Resultado defectuoso. No infringe el principio de relatividad de los contratos (art. 1257 CC) la declaración de corresponsabilidad del instalador y el fabricante, cuando éste garantizaba el objeto de la obra (una piscina de fibra de vidrio). – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 905/2024 – Num. Proc.: 3545/2019 – Ponente: Pedro José Vela Torres (TOL10.081.591)

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 905/2024 Fecha de...

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Consulta número: V3268-23. El Ayuntamiento consultante satisface a su personal laboral y funcionario determinadas ayudas correspondientes a gastos o tratamientos médicos no cubiertos por el sistema público de salud.Cuestión Planteada: Tratamiento fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de dichas ayudas.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.643)

CONTESTACIÓNEl artículo 17.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto...

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En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los rendimientos obtenidos por los árbitros de baloncesto que se perciben de las federaciones o de las ligas profesionales, en cuanto trabajador autónomo que organiza su actividad de arbitraje, deben calificarse como rendimientos íntegros por actividades económicas del art. 27.1 de la LIRPF – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 836/2024 – Num. Proc.: 7896/2022 – Ponente: José Antonio Montero Fernández (TOL10.032.254)

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda...

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El Tribunal Supremo absuelve a un acusado de delito continuado de agresión sexual al entender que la reacción adversa de la mujer no se manifestaba de forma inmediata o explícita durante los encuentros sexuales. Prevalimiento de superioridad. La negativa a consentir un acto de naturaleza sexual debe constar con claridad para que pueda ser adecuadamente percibida por el sujeto activo. Se estima el recurso. Absolución. AMENAZAS. No quedan absorbidas por el delito de maltrato en el ámbito doméstico. Concurso real de delitos. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 288/2024 – Num. Proc.: 378/2022 – Ponente: PABLO LLARENA CONDE (TOL9.967.937)

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal Sentencia núm. 288/2024 Fecha de...

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El Tribunal Supremo señala que las retribuciones percibidas por los administradores son deducibles en el IS. Las retribuciones percibidas por los administradores de una entidad mercantil, acreditadas y contabilizadas, no constituyen una liberalidad no deducible por el hecho de que las mismas no estuvieran previstas en los estatutos sociales, pues el incumplimiento de este requisito no puede comportar, en todo caso, la consideración de liberalidad del gasto y la improcedencia de su deducibilidad. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1053/2024 – Num. Proc.: 78/2023 – Ponente: María de la Esperanza Córdoba Castroverde (TOL10.053.378)

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Conflicto colectivo. Agencia Pública Andaluza de Educación. MSCT. No es MSCT la actuación de la empleadora encaminada a ajustar su actuación a un mandato legal o constitucional. Reitera doctrina. – Tribunal Supremo – Sala Cuarta – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 935/2024 – Num. Proc.: 161/2022 – Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER (TOL10.081.410)

CASACION núm.: 161/2022 Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer Letrada de la...

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TS: IRPF. Constitucion de sociedad. Adquisición de la condición de sujeto pasivo del IS. Efectos de la presentación e inscripción en el Registro Mercantil. Atribución a los socios. Desestimación. Durante el intervalo que media entre el otorgamiento de la escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada y su inscripción en el Registro Mercantil, no procede la sujeción de la entidad al impuesto sobre sociedades sino la sujeción de sus socios al régimen de atribución de rentas en el IRPF. Esto, incluso, si antes de la fecha del devengo ya se ha causado el asiento de presentación y la inscripción se produce con posterioridad a dicha fecha, con independencia de los efectos que en el ámbito civil origine esta situación. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1100/2024 – Num. Proc.: 1984/2023 – Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO (TOL10.074.255)

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El Impuesto sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito de Andalucía [“IDECA”] no resulta contrario al principio de capacidad económica pues la manifestación de riqueza gravable es el conjunto de depósitos como elemento del pasivo de la entidad, susceptible de generar riqueza porque se destina a la realización de la actividad esencial de las entidades de crédito. Se grava, pues, la capacidad económica puesta de manifiesto por las entidades de crédito por la captación de depósitos, elemento del pasivo que sirve de soporte para su actividad económica.En relación a la infracción del principio de igualdad, se inaplica directamente el artículo sexto, punto 7, apartado 2 a) de la Ley 11/2010, de 3 de diciembre, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad, al entender que es contrario al Derecho de la Unión, reinterpretando nuevamente los artículos 49, 56 y 63 TFUE, lo que implica reconocer expresamente la existencia de un cambio de criterio respecto a los anteriores pronunciamientos del Tribunal Supremo que procedieron a analizar el mismo precepto legal, cambio de criterio motivado por la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional en su STC de 9 de febrero de 2022 (ECLI:ES:TC:2022:20), confirmada por las SSTC de 5 de abril de 2022 (ECLI:ES:TC:2022:55) y 9 de mayo de 2022 (ECLI:ES:TC:2022:60). – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1049/2024 – Num. Proc.: 8815/2022 – Ponente: María de la Esperanza Córdoba Castroverde (TOL10.060.342)

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