El Tribunal Superior de Justicia de una comunidad autónoma ha reconocido la incapacidad permanente total a una persona dedicada a la fotografía, debido a una escoliosis dorsal severa y otras afecciones. Lo cual le impide ejercer su profesión eficazmente.
Anulada la sentencia anterior
Esta resolución anula un veredicto anterior de un juzgado local. Otorgándole a la persona afectada una pensión vitalicia que corresponde al 55% de su base reguladora, sujeta a futuras actualizaciones. El tribunal ha enfatizado que las exigencias de su ocupación, que incluyen mantener posturas estables y realizar esfuerzos físicos, no son compatibles con sus limitaciones físicas y funcionales. También se ha destacado la falta de mejoría tras numerosos tratamientos intentados para aliviar su condición. Concluyendo que no está en condiciones de desempeñar su rol profesional con un mínimo de eficacia y profesionalidad.
Incapacidad permanente total
Antecedentes del Caso
Una profesional en el ámbito de la fotografía solicitó el reconocimiento de incapacidad permanente total tras no observar mejoría en su condición de salud. La demandante padece una severa escoliosis dorsal y dolor crónico, lo que le dificultaba realizar su labor de manera normal. A pesar de múltiples tratamientos y evaluaciones por especialistas, se determinó que su estado de salud no presentaba avances significativos.
Incapacidad permanente total rechazada
Inicialmente, la solicitud de reconocimiento de incapacidad permanente total fue rechazada por un juzgado local. Lo que llevó a la presentación de un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma correspondiente. El argumento principal fue que las limitaciones físicas y psicológicas impedían a la demandante ejercer las funciones esenciales de su profesión.
Decisión del Tribunal Superior de Justicia
El Tribunal, tras revisar el caso, falló a favor de la demandante. Establece que las patologías y las limitaciones funcionales asociadas a estas le incapacitan para realizar las tareas fundamentales de su ocupación como fotógrafa. En consecuencia, se le declaró en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de enfermedad común, otorgándole el derecho a recibir una pensión vitalicia mensual del 55% de su base reguladora, además de futuras revalorizaciones y complementos aplicables.