T.S.J.ILLES BALEARS SALA CON/AD
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA : 00579/2023
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MBM
N.I.G: 07040 45 3 2021 0000268
Procedimiento: AP RECURSO DE APELACION 0000489 /2022 Sobre: EXTRANJERIA
De D./ña. Eliseo
Representación D./Dª. PEDRO PUIGDELLIVOL ALOU
Contra D./Dª. DELEGACION GOBIERNO ILLES BALEARS
Representación D./Dª.
APELACIÓN
ROLLO SALA Nº 489 de 2022
AUTOS JUZGADO Nº 67 de 2021
SENTENCIA
En Palma, a 17 de julio de dos mil veintitrés.
ILMOS SRS.
PRESIDENTE
D. Fernando Socías Fuster.
MAGISTRADOS
D. Francisco Pleite Guadamillas
Dª Alicia Esther Ortuño Rodríguez.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears los autos seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Palma de Mallorca, con el número de autos del Juzgado y número de rollo de esta Sala arriba designados; actuando como parte apelante, D. Eliseo, representado por el Procurador D. PEDRO PUIGDELLIVOL ALOU y defendida por el Letrado D. ANTONIO ALOY BIBILONI, contra LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (Delegación del Gobierno en Illes Balears), representada y defendida por LA ABOGADA DEL ESTADO HABILITADA.
Constituye el objeto del recurso la resolución dictada el 12/01/2021 por la Delegada del Gobierno en Illes Balears, la cual acordó imponer a D. Eliseo la sanción de expulsión del territorio español, con prohibición de entrada durante cinco años, a causa de haber cometido una infracción grave prevista en el artículo 53.1 a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, por la que se regulan los Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.
La Sentencia nº 273/2022, de 9 de mayo, dictada por la Sra. Juez sustituta de refuerzo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Palma de Mallorca desestimó el recurso contencioso administrativo.
Ha sido Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª Alicia Esther Ortuño Rodríguez, quien expresa el parecer de la Sala.
PRIMERO. La Sentencia número 273 de 2022, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Palma, en los autos seguidos por los trámites de procedimiento abreviado y de los que trae causa el presente rollo de apelación, decía literalmente en su fallo:
" DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO LA DEMANDA, presentada por el procurador D./Dª. Pedro Puigdellivol Alou en representación de D. Eliseo y, en consecuencia, DECLARO ajustado a derecho la resolución de la Delegación del Gobierno en Illes Balears de 12 enero de 2021 por la que se impone al recurrente la sanción de expulsión del territorio nacional con la consiguiente prohibición de entrada en España y territorio Schengen por período de 5 años. Y en consecuencia CONFIRMO la resolución recurrida, sin imposición de costas."
SEGUNDO. Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación en plazo y forma por la representación de la parte actora, siendo admitido en ambos efectos.
TERCERO. Se ha seguido el recurso con arreglo a los trámites de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, habiendo formulado la Administración demandada oposición al recurso de apelación, quedando los autos conclusos para dictar sentencia, señalando seguidamente para la votación y fallo el día 30/06/2023.
PRIMERO. En el recurso contencioso-administrativo nº 67/2021, tramitado por los cauces del procedimiento abreviado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Palma de Mallorca, se impugnó la resolución dictada el 12/01/2021 por la Delegada del Gobierno en Illes Balears, la cual acordó imponer a D. Eliseo la sanción de expulsión del territorio español, con prohibición de entrada durante cinco años, a causa de haber cometido una infracción grave prevista en el artículo . . .
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