Real Decreto 785/2023, de 17 de octubre, por el que se desarrollan determinadas disposiciones de la Unión Europea que establecen medidas para responder a problemas específicos en los sectores de frutas y hortalizas y vitivinícola causados por fenómenos meteorológicos adversos y por las perturbaciones del mercado (TOL9.731.544)

oct. 22, 2023

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Los sectores de frutas y hortalizas y vitivinícola resultan esenciales tanto para la actividad agraria nacional como para la provisión de bienes públicos en el medio rural, y su regulación viene fuertemente derivada de la normativa europea en la materia.La primavera de 2023 ha estado especialmente afectada por fenómenos meteorológicos adversos en todo el territorio nacional, y especialmente por la importante sequía que ha venido sufriendo España en los últimos meses, con incidencia negativa en dichos sectores por la falta de agua para los cultivos de secano y por las limitaciones, o incluso prohibiciones, de riego para los cultivos de regadío.Así, en el sector de frutas y hortalizas, se han reducido las siembras en hortícolas de primavera-verano y se esperan disminuciones de producción en frutales, acompañadas de fruta de bajo calibre o problemas de calidad asociados a la falta de agua.Además, tanto por la sequía como por el resto de los graves fenómenos meteorológicos adversos de la primavera de 2023, muchas organizaciones de productores reconocidas y asociaciones de organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas están teniendo dificultades para aplicar sus programas operativos aprobados. En algunos casos, las acciones y medidas aprobadas y planificadas en ellos para 2023, no podrán ser ejecutadas este año, imposibilitando el gasto completo de los fondos operativos anuales. En otras ocasiones, las organizaciones de productores y asociaciones de organizaciones de productores reconocidas necesitan modificar sus programas operativos con vistas a aplicar acciones y medidas para hacer frente al impacto de los fenómenos meteorológicos adversos graves en el sector de las frutas y hortalizas, como las medidas de gestión de crisis.Además, las organizaciones de productores y las asociaciones de organizaciones de productores reconocidas deben poder reorientar los fondos, incluida la ayuda financiera de la Unión dentro de su fondo operativo correspondiente, a las acciones y medidas que sean necesarias para hacer frente a las consecuencias de los fenómenos meteorológicos adversos de la primavera de 2023.En el sector vitivinícola, los fenómenos meteorológicos adversos de la primavera de 2023 han impactado también gravemente en la actividad de los viticultores, que por ello han encontrado dificultades excepcionales. En particular, las condiciones meteorológicas excepcionales han impedido a los viticultores realizar en sus viñedos las labores que suelen llevarse a cabo en primavera, como la limpieza y preparación del suelo, la plantación de nuevas vides o el injerto. Así, tanto en las regiones afectadas por la excepcional sequía como aquellas afectadas por otras adversidades, estas actividades no han sido posibles en su época natural de realización. Así, a causa de estos fenómenos meteorológicos adversos se ha ido posponiendo la plantación de la vid hasta hacerse inviable agronómicamente con la entrada del verano, momento menos adecuado del ciclo vegetativo para acometer esta tarea.En esta situación, los viticultores titulares de autorizaciones de plantación que expiran en 2023 han visto imposibilitada la utilización de dichas autorizaciones durante la primavera de su último año de su validez, tal como tenían previsto.Por consiguiente, y para evitar la pérdida de la autorización de plantación o su ejecución en el momento del ciclo vegetativo más desaconsejado, es necesario permitir sin demora una prórroga de la validez de las autorizaciones de plantación que expiran en el año 2023.Por todo lo anteriormente expuesto, el Reino de España solicitó a la Comisión Europea la puesta en marcha de medidas urgentes para paliar los efectos de los fenómenos meteorológicos adversos en los sectores de frutas y hortalizas y vitivinícola, y más concretamente, en los programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas, en el programa de apoyo al sector del vino y en el sistema de autorizaciones de viñedo, con el fin de que éstos no pusieran en peligro el cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en la normativa de la Unión Europea para estas líneas y que los productores, además de verse perjudicados por el impacto directo de estas adversidades climáticas en sus cosechas lo hicieran también por la pérdida de . . .

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