El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ratificó el despido disciplinario de un gerente de Crissos Sidirou SL por uso indebido de recursos de la empresa. Esta decisión confirma la resolución del Juzgado de lo Social número 16 de Madrid, que había desestimado la demanda del trabajador por despido improcedente. El empleado, quien trabajó para la empresa desde enero de 2017 hasta noviembre de 2022, ejercía como jefe de operaciones y gerente. Con poderes otorgados por la sociedad.
Origen: Tribunal Superior de Justicia de Madrid; Número Sentencia: 867/2023; TOL9.739.597
Origen del caso
Insultos y amenazas proferidos contra el administrador
Los hechos que justificaron su despido incluyen una serie de insultos y amenazas proferidos contra el administrador único de la compañía. El 20 de septiembre de 2022, en una llamada telefónica presenciada por un abogado de la empresa, el gerente insultó al administrador con términos como «ladrón», «sinvergüenza» y otros, además de amenazarlo exigiendo el pago de 120.000 euros más el 10% de los beneficios. Estos insultos y demandas fueron considerados ofensas verbales graves en el marco de la relación de confianza entre el gerente y el administrador. « »
Uso indebido de recursos
Además, el gerente utilizó las tarjetas de crédito y de gasolina de la empresa para gastos personales y retiró dinero en metálico de la caja de la empresa, lo cual también se consideró como una falta grave. Estas acciones fueron determinantes para su despido disciplinario, fundamentado en las faltas establecidas en el artículo 54 c) y d) del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 48 del Convenio Colectivo.
Demanda tras el despido y fallo del tribunal
El trabajador, tras ser despedido, presentó una demanda por despido improcedente, alegando vulneración de derecho fundamental, discriminación y represalias. Argumentó que su reclamación interna estaba protegida por la garantía de indemnidad. Sin embargo, el TSJM desestimó su recurso de suplicación, considerando que los insultos y amenazas, junto con el uso indebido de recursos de la empresa, constituían motivos suficientes para justificar el despido.
El tribunal concluye que las expresiones y comportamientos del demandante fueron claramente intimidatorios y coactivos. Y que su conducta justificaba el despido sin derecho a indemnización ni salarios de trámite.