<

Mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación

Las modificaciones contenidas en el artículo primero, salvo los apartados ocho y nueve, así como los artículos segundo y tercero, comenzarán a regir a partir del 1 de abril de 2025

Publicat: 23 de gener de 2025

Mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo | Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre

El Real Decreto-ley 11/2024 fue promulgado el 23 de diciembre de 2024. Este introduce significativas modificaciones en la legislación española. Su objetivo principal es facilitar la compatibilidad entre la pensión de jubilación y la realización de una actividad laboral. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de esta normativa.

Modificaciones a la Ley General de la Seguridad Social

El artículo primero modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, específicamente los apartados 2 y 3 del artículo 210. Se establece un complemento económico por demora en la jubilación, el cual puede optarse de tres maneras: un porcentaje adicional por cada año cotizado después de la edad ordinaria de jubilación, una cantidad a tanto alzado basada en los años de cotización, o una combinación de ambas opciones. Este complemento es compatible con la jubilación activa. Permite a los pensionistas continuar trabajando, aunque su continuidad laboral no incrementará el complemento mientras se mantenga la jubilación activa.

Además, se reformulan los artículos 213 y 214 para facilitar la compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo a tiempo parcial o completo. El artículo 214 introduce la figura de la jubilación activa, permitiendo a los pensionistas percibir un porcentaje de su pensión en función de los años de demora en acceder a ella. Este porcentaje puede incrementarse anualmente hasta alcanzar el 100% de la pensión. Asimismo, se establecen condiciones especiales para quienes realizan actividades por cuenta propia y contratan trabajadores, permitiendo una pensión compatible del 75% en determinados casos.

Mejora de la compatibilidad de la pensión

Jubilación parcial y contratos de relevo

El artículo 215 se centra en la jubilación parcial. Permite a los trabajadores reducir su jornada laboral entre un 25 % y un 75 % sin necesidad de celebrar un contrato de relevo de forma simultánea, excepto en casos específicos. Cuando se requiere un contrato de relevo, este debe ser indefinido y a tiempo completo. Además, existe la obligación de renovarlo si se extingue antes de cumplir los dos años establecidos. Las empresas deben contratar a trabajadores que se encuentren en situación de desempleo o que tengan contratos de duración determinada. Además, deben garantizar que exista correspondencia en las bases de cotización entre el relevista y el jubilado parcial.

Ajustes en el Estatuto de los Trabajadores

El Real Decreto-ley también modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, específicamente el artículo 12, estableciendo requisitos más claros para los contratos de relevo. Se refuerzan las condiciones para la contratación de relevistas, garantizando la estabilidad de estos contratos y la correspondencia en las bases de cotización, lo que contribuye a una mayor protección tanto para los jubilados parciales como para los nuevos empleados.

Compatibilidad para actividades artísticas

Una de las novedades más destacadas es la inclusión de disposiciones específicas para las actividades artísticas. Las pensiones de jubilación por esta modalidad serán completamente compatibles con el ejercicio de actividades artísticas por cuenta ajena o propia, permitiendo a los pensionistas dedicarse plenamente a su labor artística sin restricciones en la cuantía de la pensión.

Disposiciones Adicionales y Evaluaciones del Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo

El decreto establece la creación de comisiones para supervisar y evaluar los convenios entre mutuas colaboradoras y los servicios públicos de salud, enfocándose en la gestión de la incapacidad temporal. Además, se prevén evaluaciones periódicas para analizar el impacto de las reformas introducidas, asegurando que las medidas adoptadas cumplan con sus objetivos de manera efectiva.

Últimes entrades publicades

Despido por ineptitud sobrevenida

Despido por ineptitud sobrevenida: qué es y cómo funciona

by | set. 16, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El despido por ineptitud sobrevenida permite extinguir un contrato cuando el trabajador pierde, tras ser contratado, la capacidad para desempeñar su puesto. Bebe probarse, ser permanente y no atribuible a la empresa

prisión preventiva

5.000 euros de compensación tras pasar 196 días en prisión preventiva

by | set. 16, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La AN ha establecido una indemnización de 5.000 euros a un empresario absuelto tras haber pasado 196 días en prisión preventiva.

Plazo del arriendo

Plazo del arriendo | No se exige alquiler social tras el vencimiento

by | set. 16, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Esta sentencia refuerza la interpretación que ya venían sosteniendo las Audiencias Provinciales catalanas, consolidando un criterio claro: cuando el contrato termina por el mero transcurso del plazo del arriendo, no se activa la protección prevista para los casos de impago o ejecución hipotecaria.

muestras genéticas post mortem

Conclusiones de Abogada General en el Asunto C-196/24: muestras genéticas post mortem

by | set. 16, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La Abogada General Tamara Ćapeta se pronuncia sobre la obtención de muestras genéticas post mortem para determinar paternidad.

Auto de aclaración

Anulado un Auto de aclaración que modificaba el fallo de una sentencia

by | set. 15, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La Sala de lo Social considera que este uso desviado del Auto de aclaración vulnera el principio de invariabilidad de las resoluciones judiciales y el derecho a la tutela judicial efectiva.

Posición dominante

Posición dominante de la Agencia Tributaria

by | set. 15, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La sentencia enfatiza que la actuación de la AEAT se ajustó a la normativa aplicable y que no hubo fraude, abuso ni omisión de análisis en la instancia previa