<

Multa de 6.000 euros por difundir vídeo de un familiar en RRSS

La AN mantiene la multa impuesta por difundir un vídeo de un familiar en la red social “X”. La Audiencia Nacional ha confirmado una multa de 6.000 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos por difundir vídeo de un familiar en redes sociales. El vídeo en cuestión mostraba una agresión a una […]

Publicat: 9 d'agost de 2024

La AN mantiene la multa impuesta por difundir un vídeo de un familiar en la red social “X”.

La Audiencia Nacional ha confirmado una multa de 6.000 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos por difundir vídeo de un familiar en redes sociales. El vídeo en cuestión mostraba una agresión a una mujer y la intervención de un menor, presuntamente un caso de violencia de género. El tribunal desestimó la alegación del recurrente de que la publicación debía estar exenta de la normativa de protección de datos, argumentando que se trataba de una actividad personal o doméstica.

Alegaciones del recurrente

El recurrente, quien publicó el vídeo en una red social, argumentó que la difusión del contenido estaba dentro del ámbito personal o doméstico, basándose en el artículo 2.2.c del RGPD. Este artículo establece que el RGPD no se aplica cuando el tratamiento de datos personales es realizado por una persona física en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas. Además, el recurrente alegó que no se había demostrado que la mujer en el vídeo no hubiese dado su consentimiento para su difusión.

Decisión de la Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional desestimó estas alegaciones, destacando varios puntos clave en su decisión:

  • Difusión no restringida. No se probó que la publicación del vídeo estuviera limitada a un círculo reducido de personas.
  • Perfil público. El perfil del usuario en la red social no era de carácter restringido y contaba con un número significativo de seguidores e interacciones (190 retweets, 207 tweets y 209 “me gusta”), lo que indicaba un alcance amplio.
  • Uso habitual. No se demostró que el usuario usara la red social de manera esporádica o exclusivamente personal.

El tribunal también abordó la defensa basada en la libertad de información, estipulada en el artículo 20 de la Constitución Española. Aunque el recurrente argumentó que su intención era informar al público, la Audiencia Nacional subrayó que el alcance de la publicación y la falta de consentimiento de las personas afectadas hicieron inaplicable la excepción personal del RGPD.

Esta sentencia refuerza la importancia de aplicar el RGPD de manera estricta en contextos digitales, ratifica la multa impuesta por la AEPD. La AN ha establecido que incluso las actividades que parecen personales, cuando se realizan en plataformas públicas con amplio alcance, deben cumplir con la normativa. 

 

Fuente: CGPJ

 

Últimes entrades publicades

canon constitucional de suficiencia

Vulneración del canon constitucional de suficiencia en segunda instancia

by | gen. 9, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TS anula una sentencia de apelación por no motivar adecuadamente la desestimación, vulnerando el canon constitucional de suficiencia

criptomonedas

La DGT unifica el criterio fiscal sobre criptomonedas

by | gen. 9, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

La DGT se pronuncia acerca de cómo se tratan las criptomonedas en el IRPF y su relevancia en la operativa de exchanges digitales.

disolución asociación

Orden judicial de disolución de asociación por denominación confusa

by | gen. 9, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

Un juzgado de Murcia acuerda la disolución de una asociación por confundir ingenieros superiores y técnicos e inducir a error.

órgano judicial

Despido nulo y daño moral: el criterio del órgano judicial

by | gen. 9, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

El criterio del órgano judicial permite fijar el daño moral en el despido nulo, asegurando una tutela judicial efectiva y real

obligaciones de información

Obligaciones de información en los swaps de tipos de interés

by | gen. 8, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo analiza las obligaciones de información en los swaps de tipos de interés y su impacto en la indemnización del daño

tiktok

Recomendaciones para usuarios ante las transferencias internacionales de datos de TikTok

by | gen. 8, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

La AEPD realiza recomendaciones para los usuarios ante las transferencias de datos internacionales a través de TikTok.