<

Tribunal Supremo afirma que el salario mínimo interprofesional aplica a representantes de comercio y profesiones análogas

Confirma el criterio de la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía.

Publicat: 24 d'octubre de 2023

El Tribunal Supremo, a través de la Sala Cuarta, ha confirmado en una sentencia fechada el 10 de octubre que el salario mínimo interprofesional es aplicable en la relación laboral especial de aquellas personas involucradas en operaciones mercantiles que no asumen riesgo alguno. 

Este fallo ratifica el criterio previamente establecido por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.

La importancia constitucional del salario mínimo interprofesional

El Tribunal Supremo basa su decisión a través del respaldo constitucional del artículo 35.1 de la Constitución Española. Dicho artículo establece el derecho al trabajo y a «una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia». Además, se respalda en la relevancia que tiene el salario mínimo para el Derecho de la Unión Europea, como lo demuestra la reciente Directiva 2022/2041, del 19 de octubre de 2022, que trata sobre salarios mínimos adecuados en la Unión Europea.

El respaldo de la normativa

 El fallo también subraya que los reales decretos anuales estipulan el SMI para «cualquier actividad en la agricultura, en la industria y en los servicios»:

El Real Decreto-ley 3/2004, del 25 de junio, que regula la racionalización del salario mínimo interprofesional, define este salario como la «garantía salarial mínima de los trabajadores por cuenta ajena establecida en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores». El artículo 1 a) de dicho texto hace referencia explícita a la vinculación del salario mínimo interprofesional a «las relaciones laborales de carácter especial», como en este caso, los representantes de comercio y otras figuras de naturaleza análoga.

Por otro lado, el Real Decreto 1438/1985, de 1 de agosto, regula las relaciones laborales de carácter especial de las personas que intervienen en operaciones mercantiles sin asumir riesgos. El artículo 12 establece que en el ámbito de la relación laboral especial se aplican los derechos y deberes laborales básicos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores. Entre estos derechos básicos, el artículo 4.2 f) del Estatuto menciona la remuneración legalmente establecida.

Por todo ello, el Tribunal Supremo concluye que el criterio seguido por el Tribunal Superior de Justicia es correcto, ya que resulta acorde a la normativa aplicable. De este modo, respeta la decisión de aplicar la cuantía del salario mínimo interprofesional a representantes de comercio y profesiones análogas por cuenta ajena en las que no se asuman riesgos. 

 

Fuente: CGPJ

Últimes entrades publicades

más de cinco años

Prescritas las cuotas comunitarias no reclamadas en más de cinco años

by | gen. 26, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo refuerza su doctrina: las cuotas comunitarias impagadas durante más de cinco años están prescritas y no pueden ser judicialmente exigidas

carburantes

Hacienda modifica los modelos de IVA por carburantes

by | gen. 26, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado una modificación de modelos tributarios en relación al IVA aplicable a carburantes tras las modificaciones de la LIVA.

límite legal

La interpretación del límite legal en el arbitraje de transportes

by | gen. 26, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TSJ de Murcia fija una interpretación correcta del límite legal en el arbitraje de transportes y ordena retrotraer las actuaciones arbitrales

derecho de defensa

La Audiencia Nacional propone juzgar una trama por fraude de 70 millones en el IVA de hidrocarburos

by | gen. 26, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

La Audiencia Nacional propone juzgar a 22 personas por delitos relacionados con el fraude fiscal de hidrocarburos.

inconstitucionalidad

Agotamiento de la vía administrativa en relación a la inconstitucionalidad

by | gen. 23, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo recuerda que no es necesario agotar la vía administrativa para acudir a la vía judicial por inconstitucionalidad.

carácter retroactivo

Las multas de Turów no tienen carácter retroactivo

by | gen. 23, 2026 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia confirma que las multas del caso Turów no pueden anularse con carácter retroactivo, ni siquiera mediante un acuerdo amistoso