<

42 profesores asociados de la Universidad de Valencia logran igualar el salario a los docentes de jornada completa

El Juzgado de lo Social núm. 18 de Valencia estima la demanda presentada por 42 profesores asociados de la UV, para la igualdad salarial.

Publicat: 24 d'abril de 2024

El Juzgado de lo Social de Valencia declara que los profesores asociados tienen derecho a cobrar lo mismo que los docentes a jornada completa. Sentencia del 17 de abril de 2024.

El Juzgado de lo Social número 18 de Valencia ha fallado a favor de 42 profesores asociados de la Universidad de Valencia, declarando que han sufrido discriminación laboral en cuanto a la retribución salarial que perciben, en comparación con los docentes a jornada completa.

En los hechos probados queda reflejado que «esa parcialidad aplicada en el cómputo de la jornada laboral de los contratos de los profesores asociados, no se corresponde con la retribución en proporción al tiempo estipulado para la jornada completa de 240 horas lectivas anuales del profesorado a tiempo completo (funcionario, contratado doctor y colaborador), a los profesores asociados no se les retribuye por preparación, evaluación de materiales y evaluación continua del alumnado».

Así, se determina en la sentencia la siguiente diferencia. En ambos casos, por 6 horas de clase y 6 de tutorías, corresponden los siguientes salarios:

  • Profesor asociado: T Parcial 6 Horas 509,97€ Salario Base, y 293,31€ Complemento destino=803,28 €.
  • Profesor funcionario-titular: T Parcial 6 H. 560,82€ Salario Base, y 495,79€ complemento destino= 1.056.61€.

Pronunciamiento del juzgado

El Juzgado de lo Social ha dictaminado que los demandantes tienen derecho a recibir una remuneración proporcionalmente igual a la de los profesores a tiempo completo, según sus contratos parciales. Esto implica que la Universidad deberá ajustar los salarios de los profesores asociados para reflejar equidad en relación con el trabajo realizado. Ambos desempeñan las mismas tareas y responsabilidades.

Además de esta medida, se condena a la institución académica a pagar a cada uno de los profesores asociados una indemnización de 1.000 euros por daños morales derivados de la discriminación salarial sufrida. La indemnización atiende al daño producido, teniendo en cuenta que la Universidad se ha limitado a aplicar las normas vigentes, sin una voluntad discriminatoria.

La sentencia, que puede ser apelada ante el TSJCV, se basa en el artículo 14 CE sobre el derecho fundamental a la igualdad. 

Se concluyó que la diferencia en la remuneración no se justifica por la naturaleza de los contratos laborales ni por las condiciones de trabajo, ya que ambos grupos de profesores comparten responsabilidades equivalentes.

 

Fuente: CGPJ

Últimes entrades publicades

Reclamación de diferencias salariales

Reclamación de diferencias salariales avalada por el Supremo

by | nov. 18, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha reconocido que una reclamación de diferencias salariales presentada por una trabajadora no estaba prescrita, ya que el plazo de prescripción no...

impuesto sobre el patrimonio

Límite del Impuesto sobre el Patrimonio para no residentes

by | nov. 18, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo reconoce a un contribuyente no residente el derecho a aplicar el límite del Impuesto sobre el Patrimonio.

Titulación universitaria

Titulación universitaria para ser vocal de la Comisión de MUYE

by | nov. 18, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Titulación universitaria en Ciencias de la Salud para formar parte de la primera Comisión Nacional de la Especialidad en Medicina de Urgencias y Emergencias (MUYE)

TSJ riojano rechaza la suspensión cautelar de normativa de caza de lobos

by | nov. 18, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja desestima la suspensión cautelar de las medidas contra la caza de lobos.

protección constitucional

Protección constitucional | La neutralidad no es requisito

by | nov. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La protección constitucional de la libertad de información no exige neutralidad, siempre que se cumplan los requisitos de veracidad

ferroviaria

España no vulneró la Directiva en materia ferroviaria

by | nov. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia de la UE desestima un recurso presentado por la Comisión Europea en materia ferroviaria en España.