<

Condena al Ayuntamiento de Vigo por ruido durante las fiestas navideñas

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia condena al Ayuntamiento de Vigo por ruido durante las fiestas navideñas.

Publicat: 6 de juny de 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia condena al Ayuntamiento de Vigo por ruido durante las fiestas navideñas. STSXG 178/2024.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia  ha condenado al Ayuntamiento de Vigo por vulnerar los derechos fundamentales de una vecina debido al ruido excesivo generado durante las celebraciones navideñas del año 2022-2023. Los magistrados han ordenado al Ayuntamiento pagar una indemnización de 600 euros a la demandante por los daños sufridos y tomar medidas para prevenir futuros incidentes de este tipo.

La vecina presentó un recurso de apelación contra la decisión del Juzgado de lo Contencioso-administrativo, que inicialmente desestimó su demanda contra el Ayuntamiento. La vecina argumentaba que el ruido del mercado temático de Navidad y el parque de atracciones cercanos a su domicilio, entre el 20 de noviembre de 2022 y el 16 de enero de 2023, vulneró su derecho a la intimidad personal y familiar, así como la inviolabilidad de su domicilio.

Los magistrados consideraron probado que el ruido superó los límites legales permitidos de manera constante. La demandante, junto a sus dos hijos pequeños de 1 y 3 años, tuvo que soportar niveles de ruido excesivos que afectaron su vida diaria y potencialmente su salud. Obligaciones del Ayuntamiento

La actuación del ayuntamiento 

Según la sentencia, la inactividad del ayuntamiento ante esta contaminación acústica es inaceptable, ya que tenía el control del evento y debía garantizar el cumplimiento de las normativas de ruido. Los poderes públicos tienen la obligación de garantizar el derecho de los ciudadanos a un descanso y tranquilidad mínimos. Señala que los ciudadanos tienen derecho a no ser perturbados por ruidos molestos, esenciales para una calidad de vida digna.

El TSXG ha decretado que el Ayuntamiento adopte las medidas necesarias para evitar la repetición de conductas que lesionen los derechos fundamentales de los ciudadanos. Asimismo, debe asegurar que los niveles de ruido, tanto exteriores como interiores, no excedan los umbrales establecidos por la ley.

Por ello, estima la demanda y establece una indemnización de 600 euros para la afectada, cantidad menor a la solicitada. Inicialmente 1.640 euros, el precio de un alquiler de vivienda de las mismas características que la suya.

La sentencia del TSXG no es firme, cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

 

Fuente: CGPJ

Últimes entrades publicades

Resumen de las Sentencias del Tribunal Constitucional | Octubre 2025

by | oct. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

A continuación se presenta un resumen de las sentencias más relevantes del Tribunal Constitucional publicadas en octubre de 2025, con indicación de su sala, fecha,...

plazo de cancelación

Multirreincidencia aunque no conste el plazo de cancelación

by | oct. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo consolida su criterio respecto al plazo de cancelación de antecedentes penales.

bollería

Condena por estafa a responsables de empresa de bollería

by | oct. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La Audiencia Provincial de Aragón condena a un año y seis meses de prisión a dos responsables de empresa de bollería por estafa.

TJUE | Rayo como fenómeno extraordinario

Sentencia del TJUE en el asunto C-399/24 | Avión alcanzado por un rayo

by | oct. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TJUE resuelve una cuestión prejudicial en materia de aviación. Establece que el alcance de un rayo es una situación extraordinaria.

Uso privativo

Condenan a una comunidad por filtraciones en una terraza de uso privativo

by | oct. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El magistrado concluye que, siendo la terraza una cubierta del edificio y por tanto un elemento común sujeto a uso privativo, la comunidad es responsable de su correcta impermeabilización

tipo agravado

Anulado el tipo agravado por falta de prueba del conocimiento de la edad

by | oct. 16, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El fallo consolida la necesidad de dolo en la aplicación de tipos agravados en materia de tráfico de drogas, especialmente en casos vinculados a ventas domiciliarias