<

El Supremo se pronuncia sobre la contratación simultánea o anterior de un trabajador tras un despido por razones económicas

El Supremo determina que el hecho de contratar a otro trabajador simultáneamente al despido no implica directamente la vulneración de sus derechos.

Publicat: 3 de novembre de 2023

La Sala del Supremo se ha pronunciado recientemente en relación a supuestos de despido por razones económicas y la contratación simultánea o próxima de nuevos empleados. [TOL9.740.913]

La sentencia número 732/2023, de 10 de octubre, establece que en aquellos casos en los que no se pueda demostrar una incidencia relevante entre las contrataciones y la extinción de las relaciones laborales, el análisis debe centrarse en la legalidad de la causa justificativa del despido por razones económicas, la adecuación razonable entre las causas y la medida, y la evaluación de posibles violaciones de derechos fundamentales o actuaciones fraudulentas o contrarias al principio de buena fe.

La contratación de otro empleado un mes antes

El caso plantea qué calificación debe darse a un despido objetivo (cuyas causas económicas están acreditadas), en relación con la contratación simultánea o inmediatamente posterior de otra persona con las mismas funciones que desarrollaba el trabajador despedido.

El trabajador despedido recurrió ante el Juzgado de lo Social, el cual desestimó sus pretensiones, considerando correcto el despido. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia revocó el fallo y estimó parcialmente la demanda, consideró que «no se acredita la razonabilidad de la medida por criterios de optimización de los recursos, sino por criterios de oportunidad al constar la sustitución de un cargo directivo por otro de confianza de la nueva propiedad». Añade que las causas económicas no justifican el despido, ya que se contrató al nuevo empleado antes del cese, y se le fueron otorgando obligaciones propias del puesto del antiguo empleado, dejando el suyo vacío de contenido.

Pronunciamiento del Tribunal Supremo

Tras dicho pronunciamiento, la empresa interpuso un recurso de casación para la unificación de la doctrina. La Sala concluye que en este caso particular no se produjo una violación del principio de igualdad y no discriminación en relación con la edad del trabajador o cualquier otra circunstancia. 

La contratación de un trabajador un mes y medio antes del despido del demandante se realizó en calidad de director de Organización y que se le asignaron funciones de coordinación de los departamentos financiero, de recursos humanos y de sistemas. Por otro lado, el trabajador despedido llevaba a cabo la dirección financiera y realizaba funciones administrativas, por lo que no puede considerarse una mera sustitución anticipada de un empleado por otro, sino una reorganización de recursos humanos.

Además, se procedió al despido de ocho trabajadores más por la misma razón. La valoración de las circunstancias concretas de la empresa corresponde en principio al empresario, el control judicial únicamente se limita a juzgar sobre su razonabilidad y el estándar de buena conducta.

Por lo tanto, al haberse acreditado la causa económica y no concurrir ninguna vulneración de los derechos fundamentales del trabajador, el Supremo considera que no existe ningún elemento que pueda sostener que se haya pretendido sustituir al trabajador. Por dicho motivo, estima el recurso interpuesto por la empresa, y declara la procedencia del despido por causas objetivas.

Últimes entrades publicades

Indemnización íntegra en contratos administrativos nulos

Indemnización íntegra en contratos administrativos nulos

by | abr. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo reconoció que el principio de prohibición del enriquecimiento injusto podría justificar una reducción en la indemnización. No obstante, para ello es imprescindible acreditar que el adjudicatario obtuvo un lucro específico

Prestación por riesgo durante el embarazo

TS | Indemnización de 3 millones por daños irreversibles en el parto

by | abr. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Supremo establece una indemnización de 3 millones de euros por daños irreversibles causados en el parto.

Error judicial en la valoración del justiprecio

Error judicial en la valoración del justiprecio de una expropiación

by | abr. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo desestimó la demanda, descartando la existencia del error judicial alegado. Además, recordó que las discrepancias en la interpretación de pruebas o la aplicación de criterios técnicos y legales deben resolverse a través de los recursos ordinarios

aplaza obligaciones

Europa aplaza obligaciones en sostenibilidad empresarial

by | abr. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Conoce la nueva Directiva (UE) 2025/794, en la que Europa aplaza obligaciones en sostenibilidad y diligencia debida empresarial.

automatización altas y bajas

Automatización en altas y bajas laborales

by | abr. 22, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Implantación de resoluciones automatizadas en la Seguridad Social El 21 de abril de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 9 de abril de 2025...

Baremos y criterios orientativos

Baremos y criterios orientativos en los honorarios de abogados

by | abr. 22, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La CNMC puede intervenir de oficio o a instancia de diversas instituciones, según la Ley 3/2013, de 4 de junio, para velar por la competencia en los mercados.