<

El Supremo unifica doctrina para la concesión de pensión de viudedad a mujeres víctimas de violencia de género menores de 65

El Supremo unifica doctrina en materia de concesión de pensión de viudedad a víctimas de violencia de género menores de 65 años.

Publicat: 3 d'abril de 2024

En el caso, la mujer, víctima de violencia de género, era menor de 65 y no había percibido pensión compensatoria antes de la muerte de su exmarido. Procede pensión de viudedad. [TOL9.904.288]

El Tribunal Supremo unifica la doctrina en materia de concesión de pensión de viudedad a víctimas de violencia de género menores de 65 y sin pensión compensatoria.

En el caso, el matrimonio quedó disuelto un año antes del fallecimiento del marido, por lo que la mujer solicitó pensión de viudedad. El INSS le denegó la pensión, al no tener pensión compensatoria y considerar que no quedaba acreditado que hubiera sido víctima de violencia de género. No obstante, a pesar de no haber sentencia condenatoria contra el ex marido, sí que consta una orden de protección: prohibición de aproximación y comunicación.

La mujer acudió ante el Juzgado de lo Social, el cual desestimó sus pretensiones, del mismo modo que hizo posteriormente el TSJ. La última sentencia sí acredita la existencia de violencia de género, a través de las medidas de protección, no obstante, niega la pensión de viudedad porque en el momento del fallecimiento era menor de 65 años.

Unificación de la doctrina

La mujer acudió ante el Tribunal Supremo en recurso de casación para la unificación de la doctrina. La sentencia de contraste sí reconoció la prestación de viudedad, sin haber fijado pensión compensatoria, sin condena por violencia de género, ni el mínimo de edad. No obstante, sí que constaban registros e informes acerca de indicios suficientes para deducir que era víctima de violencia de género. Así, se determinó la conexión de la pensión.

La Sala no discute la condición de víctima de la mujer, ambos casos presentan circunstancias similares. El tribunal señala que la doctrina correcta se encuentra en la sentencia de contraste. 

El actual artículo 220.1 LGSS establece que « En todo caso, tendrán derecho a la pensión de viudedad las mujeres que, aun no siendo acreedoras de pensión compensatoria, pudieran acreditar que eran víctimas de violencia de género». Por otro lado, el artículo 174.2 LGSS establece que «en todo caso, tendrán derecho a la pensión de viudedad las mujeres que, aun no siendo acreedoras de pensión compensatoria, pudieran acreditar que eran víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o el divorcio».

El tribunal reconoce que la norma configura un supuesto excepcional al requisito general de la prestación de viudedad en casos de violencia de género. Por ello, estima el recurso de la demandante y anula lo dispuesto en las instancias anteriores. Acuerda conceder la pensión de viudedad.

Últimes entrades publicades

viaje combinado

Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-469/24: reembolso íntegro por ejecución incorrecta de un viaje combinado

by | oct. 24, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TJUE se pronuncia en una reciente sentencia sobre la responsabilidad en caso de viaje combinado interrumpido por obras.

Autorización previa

Autorización previa para incautar correos en investigaciones de competencia

by | oct. 24, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha recibido las conclusiones de la Abogada General Laila Medina. Ella ha afirmado que el derecho fundamental a la protección...

Denuncia falsa

Denuncia falsa: definición, requisitos y consecuencias

by | oct. 24, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El delito de denuncia falsa es una infracción grave que atenta contra el honor de las personas y el buen funcionamiento de la justicia. Aunque no todas las denuncias archivadas son necesariamente falsas

Comisión Paritaria

legitimación para impugnar acuerdos de la Comisión Paritaria

by | oct. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La sentencia refuerza la idea de que las empresas no pueden recurrir decisiones de una Comisión Paritaria sectorial mediante conflicto colectivo si lo hacen en defensa de un interés propio

Terras Gauda

El TSXG avala la multa de 90.000 euros a Terras Gauda

by | oct. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Sanción de 90.000 euros a Bodegas Terras Gauda por utilizar un producto no autorizado en la elaboración de sus vinos, contra su DOP.

deuda garantizada

Suspensión de deuda garantizada: exigencia de motivación reforzada

by | oct. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TS establece que si no procede mantener la suspensión de la deuda ya garantizada, se exige una motivación reforzada.