Contexto del litigio y origen de la controversia en relación a las tarifas mínimas para la entrega a domicilio de libros en la UE.
El TJUE se ha pronunciado en su sentencia de 18 de diciembre de 2025, asunto C-366/24, Amazon EU (Tarifas mínimas de entrega de libros), sobre la compatibilidad con el Derecho de la Unión de una normativa francesa que impone tarifas mínimas para la entrega a domicilio de libros nuevos. La medida controvertida trae causa de una Orden Ministerial de 4 de abril de 2023 que obliga a los minoristas a cobrar un mínimo de tres euros por la entrega de pedidos inferiores a 35 euros, permitiendo la gratuidad práctica únicamente a partir de dicho umbral.
Amazon EU, con sede en Luxemburgo, impugnó esta normativa ante el Consejo de Estado francés. Considera que vulnera la Directiva sobre el comercio electrónico, la Directiva relativa a los servicios en el mercado interior y el principio de libre circulación de mercancías, consagrado en los artículos 34 y siguientes del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Finalidad cultural y exclusión de las Directivas
El Gobierno francés defendió la legalidad de la medida alegando que su finalidad es la preservación de la diversidad editorial y cultural. Se trata de uno de los objetivos reconocidos del Derecho de la Unión. Sobre esta base, el Consejo de Estado planteó cuestión prejudicial al TJUE para que precisara si dicha finalidad excluía la aplicación de las Directivas invocadas.
El Tribunal confirma que, cuando una medida nacional persigue proteger o fomentar la diversidad cultural y lingüística, queda excluida del ámbito de aplicación tanto de la Directiva de servicios como de la Directiva sobre comercio electrónico. Esta exclusión responde a la voluntad expresa del legislador europeo de no limitar la capacidad de los Estados miembros para adoptar medidas en defensa del pluralismo cultural y de los medios de comunicación.
Aplicación del Derecho primario de la Unión
No obstante, el TJUE subraya que esta exclusión no libera a la normativa nacional del control de compatibilidad con el Derecho primario. En particular, debe verificarse su conformidad con las libertades fundamentales del mercado interior. A este respecto, el Tribunal concluye que la medida debe examinarse exclusivamente a la luz de la libre circulación de mercancías. Incide directamente en el precio global de venta de un bien, el libro, y no en la prestación autónoma de un servicio.
Medida de efecto equivalente
El Tribunal recuerda su jurisprudencia: están prohibidas las medidas nacionales que puedan obstaculizar, directa o indirectamente, real o potencialmente, el comercio intracomunitario. La imposición de tarifas mínimas de entrega no constituye una mera “modalidad de venta”, ya que afecta de forma específica a la venta a distancia y puede perjudicar en mayor medida a operadores establecidos en otros Estados miembros. Por ello, califica la normativa como una medida de efecto equivalente a una restricción cuantitativa, sin pronunciarse aún sobre su eventual justificación.
Fuente: CURIA.

