<

El Tribunal Supremo anula cláusulas en un acuerdo de teletrabajo

El Supremo anula dos cláusulas del acuerdo de teletrabajo de Endesa, por ser contrarias a la Ley 10/2021 de Trabajo a Distancia.

Publicat: 17 de març de 2025

Nulidad de dos disposiciones del acuerdo de teletrabajo

El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de dos cláusulas del acuerdo de teletrabajo de Endesa, suscrito el 2 de junio de 2022. El motivo: son contrarias a la Ley 10/2021, de 9 de julio, de Trabajo a Distancia. La sentencia afecta a más de 4.700 trabajadores acogidos a esta modalidad laboral en el Grupo Endesa.

Las disposiciones anuladas establecían, por un lado, que los días de teletrabajo en los que se requiriera al trabajador presencialmente no podrían sustituirse ni desplazarse. Por otro, que el trabajador no asumiría gastos por teletrabajar, pero en caso de incurrir en ellos, estos quedarían compensados por los ahorros generados.

Vulneración de la normativa de teletrabajo

La Sala de lo Social ha desestimado los recursos interpuestos por Endesa y el Sindicato Independiente de Energía (SIE) contra la sentencia de la Audiencia Nacional, que ya había declarado la nulidad de dichas cláusulas.

Respecto a la cláusula sobre presencialidad, el Tribunal Supremo señala que modificar unilateralmente los días de teletrabajo por parte de la empresa contraviene el artículo 8.1 de la LTD, que exige acuerdo entre las partes para cualquier alteración del porcentaje de trabajo presencial. La imposibilidad de sustituir o reubicar esos días vaciaría de contenido esta exigencia legal.

En relación con la cláusula sobre gastos, la Sala argumenta que aceptar su validez impediría a los teletrabajadores reclamar los costes derivados de esta modalidad laboral. Ello iría en contra del artículo 12 de la LTD, que establece el derecho del trabajador a una compensación por estos gastos.

Derecho a la conciliación y preaviso en la presencialidad

El sindicato SIE alegó que la falta de preaviso para la asistencia presencial vulneraba el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral, solicitando un aviso mínimo de cinco días, subsidiariamente tres días o, al menos, 48 horas.

El Tribunal Supremo rechazó esta petición, argumentando que el acuerdo colectivo ya establecía que la notificación debía realizarse con “la máxima antelación posible”. Además, dado que el suministro de energía eléctrica es un servicio de interés económico general, hay situaciones imprevisibles que pueden requerir la presencia inmediata del trabajador, lo que hace inviable un preaviso rígido.

Asimismo, la Sala descartó la aplicación analógica de plazos de preaviso recogidos en el Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo del grupo. Considera que los supuestos regulados en esas normativas son distintos de la presencialidad exigida en el teletrabajo.

Fuente: CGPJ.

Últimes entrades publicades

presunciones ilegales

Presunción automática en apelaciones ilegales

by | jul. 4, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TJUE se pronuncia sobre la legislación griega en materia de apelaciones ilegales. Asunto C-610/23. El TJUE ha dictado sentencia resolviendo sobre la compatibilidad...

Falta de contradicción en la unificación de doctrina

Falta de contradicción en la unificación de doctrina | La negativa del Tribunal Supremo

by | jul. 4, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El recurso de casación para la unificación de doctrina es desestimado por falta de contradicción. Se confirma la sentencia recurrida y se imponen las costas a la mutua recurrente, incluyendo la pérdida del depósito y de la consignación efectuada

incapacidad por limitación funcional

Incapacidad por limitación funcional en una ingeniera

by | jul. 4, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal recuerda que el recurso debe resolverse partiendo de los hechos probados, que no han sido modificados conforme a los requisitos legales. La propia parte recurrente reconoció la imposibilidad de alterar esos hechos

cláusulas abusivas en concurso

Examen de oficio de cláusulas abusivas en concurso

by | jul. 4, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TJUE se ha pronunciado sobre el examen de oficio de cláusulas abusivas en créditos hipotecarios cuando se está en concurso.

Relevancia del mercado geográfico

Relevancia del mercado geográfico en las concesiones de transporte

by | jul. 3, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo insiste en que, en los casos de acuerdos anticompetitivos vinculados a licitaciones públicas, lo esencial es la existencia de pactos que alteren la competencia.

transformaciones alimentarias

Tributación del IVA en transformaciones alimentarias

by | jul. 3, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Descubre las implicaciones fiscales de las transformaciones alimentarias en restaurantes y plataformas de reparto a domicilio.