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Ley 8/2025 para la reforma de la legislación sobre navegación y seguridad aérea

El Boletín Oficial del Estado ha publicado nueva normativa en relación con la legislación sobre navegación.

Publicat: 1 d'octubre de 2025

Entrada en vigor y ámbito de aplicación legislación sobre navegación.

El Boletín Oficial del Estado del 30 de septiembre de 2025 ha publicado la Ley 8/2025, de 29 de septiembre, que introduce una reforma en la legislación sobre navegación y seguridad aérea en España. La norma modifica la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
Su entrada en vigor está prevista para el 20 de octubre de 2025, aunque algunos aspectos, como la reforma de la disposición adicional decimoséptima de la Ley 21/2003, lo harán el 26 de octubre. En materia de tarifas de navegación aérea, la nueva regulación será aplicable al ejercicio siguiente.

Agilización de trámites y simplificación administrativa

Uno de los objetivos centrales de la Ley es agilizar los procedimientos vinculados a las actividades aeronáuticas. Para ello, se excluyen ciertos procesos de las inspecciones aéreas con el fin de reducir plazos y optimizar recursos públicos. Asimismo, se sustituyen las antiguas “autorizaciones” por la fórmula más amplia de “habilitación”, lo que permite contemplar certificados, declaraciones previas o formación acreditada.

Refuerzo del régimen sancionador

La reforma actualiza las sanciones en materia aeronáutica. Se incluyen nuevos supuestos de infracción relacionados con aeronaves no tripuladas (drones), en línea con la normativa europea, así como un régimen más proporcional para las infracciones sobre servidumbres aeronáuticas y transporte de mercancías peligrosas. Además, se acorta el plazo de tramitación de los procedimientos sancionadores por faltas graves.

Seguridad y supervisión

La ley clarifica las competencias de supervisión, reforzando el papel de la autoridad nacional en materia de servicios meteorológicos y proveedores aéreos. También introduce mecanismos de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de pilotos y personal de apoyo en operaciones con drones.

Cultura justa y notificación de sucesos

Con el fin de proteger a los profesionales aeronáuticos, se tipifica como infracción el incumplimiento de la normativa sobre notificación y análisis de incidentes en aviación civil. Este punto responde a los compromisos europeos en materia de seguridad operacional y cultura justa.

Nuevos organismos: Colegio y Comisión

La Ley 8/2025 también contempla la creación de dos instituciones clave:

  • La Comisión Nacional para el Transporte Aéreo, que fomentará la cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas.

  • El Colegio Oficial de Controladores de Tránsito Aéreo de España, que reforzará la representación y profesionalización del colectivo.

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