Las normas de la FIFA para las transferencias de jugadores profesionales revisadas por su incompatibilidad con el Derecho de la Unión Europea. Asunto C-650/22.
Estas reglas, que regulan los traspasos y el estatus de los futbolistas, podrían ser un obstáculo para la libre circulación de los trabajadores y podrían restringir la competencia entre los clubes. Por el momento, el TJUE ha declarado que ciertas normas de la FIFA sobre transferencias de jugadores entre clubes son contrarias al Derecho de la Unión.
Recientemente, el TJUE ha resuelto un caso relacionado con el asunto, un exfutbolista impugnó ciertas disposiciones del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) de la FIFA. El caso llevó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea a pronunciarse sobre la conformidad de estas normas con el Derecho de la UE.
Las reglas impugnadas
El RETJ, adoptado por la FIFA y aplicado por sus federaciones miembros, regula, entre otros aspectos, la resolución de contratos de jugadores. Uno de los puntos cuestionados del reglamento es que, si un jugador rescinde su contrato sin “justa causa”, tanto él como el club que lo contrate están obligados a pagar una indemnización al antiguo club. Además, el club receptor puede quedar sancionado con la prohibición de fichar nuevos jugadores durante un período determinado. La federación nacional a la que pertenece el antiguo club también puede negarse a expedir el certificado de transferencia internacional del jugador mientras no se resuelva el litigio sobre la terminación contractual.
En el caso, el exjugador alegó que dichas normas impedían que un club belga lo fichara, a pesar de finalizar su contrato en otro país. El caso fue remitido al TJUE para que se pronunciara sobre si estas normativas vulneraban el principio de libre circulación de trabajadores y las reglas de competencia de la UE.
Restricciones de competencia. Libre circulación de los trabajadores
El TJUE considera que las normas del RETJ pueden obstaculizar la libre circulación de futbolistas dentro de la UE. El derecho a moverse y trabajar libremente en otro Estado miembro es un principio fundamental del Derecho de la Unión (artículo 45 del TFUE).
El Tribunal reconoció que ciertas restricciones a la libre circulación pueden estar justificadas si persiguen un objetivo de interés general, como la estabilidad de las plantillas y la regularidad de las competiciones. Sin embargo, consideró que las normas impugnadas de la FIFA parecen ir más allá de lo necesario para alcanzar dichos objetivos. Se pone en duda la proporcionalidad de las mismas.
Por otro lado, establece que las disposiciones que penalizan a los clubes que contratan a jugadores que han rescindido su contrato sin “justa causa” limitan la competencia transfronteriza y dificultan que los clubes puedan aprovechar la movilidad de los jugadores. Según el TJUE, estas restricciones se asemejan a un “pacto de no captación”. Ello genera una compartimentación de mercados laborales y reduce la competencia entre clubes, infringiendo así las normas sobre competencia del artículo 101 del TFUE.
Finalmente, el TJUE concluyó que las normas de la FIFA, al menos en los aspectos impugnados, son contrarias al Derecho de la Unión Europea. Estas disposiciones restringen de manera desproporcionada la libre circulación de los futbolistas profesionales. Además, limitan la competencia entre los clubes de fútbol de la UE, vulnerando así los principios fundamentales del Derecho de la Unión.
Fuente: CURIA.