El TJUE condena a Hungría al pago de multas por no aplicar la política de asilo establecida en la Unión. Ya había una sentencia anterior.
En diciembre de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que Hungría no había cumplido con las normas del Derecho de la Unión relativas a los procedimientos de concesión de protección internacional y el retorno de nacionales de terceros países en situación irregular, es decir, la política de asilo. Este incumplimiento incluía la limitación del acceso a procedimientos de protección internacional, el internamiento irregular de solicitantes en zonas de tránsito y la vulneración del derecho de los solicitantes a permanecer en el territorio húngaro hasta la resolución definitiva de sus recursos, así como la expulsión de nacionales de terceros países en situación irregular.
A pesar de la sentencia, Hungría no tomó medida alguna para cumplir las obligaciones dispuestas. Por este motivo, la Comisión Europea interpuso un nuevo recurso por incumplimiento, solicitando sanciones económicas.
Nueva sentencia del TJUE
El asunto en cuestión es el C-123/22, resuelto ahora por el Tribunal de Justicia. Declara que Hungría no ha adoptado las medidas necesarias para ejecutar la sentencia de 2020 en relación con el acceso al procedimiento de protección internacional, el derecho de los solicitantes a permanecer en Hungría durante la tramitación de sus recursos y la expulsión de nacionales de terceros países en situación irregular. Este comportamiento, que vulnera el principio de cooperación leal, constituye una evasión deliberada de la aplicación de la política común de la Unión en materia de protección internacional y las normas sobre expulsión de nacionales de terceros países en situación irregular.
Consecuencias del incumplimiento
El Tribunal de Justicia ha condenado a Hungría a pagar una cantidad a tanto alzado de 200 millones de euros. Además, se enfrenta a multas coercitivas de un millón de euros por cada día de retraso en el cumplimiento de la sentencia. Este incumplimiento se considera una violación inédita y excepcionalmente grave del Derecho de la Unión, amenazando la unidad del Derecho de la Unión.
Según el tribunal, el comportamiento de Hungría transfiere la responsabilidad de la acogida y tramitación de solicitudes de protección internacional, así como el retorno de nacionales de terceros países en situación irregular, a otros Estados miembros, menoscabando gravemente el principio de solidaridad y de reparto equitativo de la responsabilidad entre los Estados miembros.
Todo ello en virtud del artículo 260 TFUE, el cual establece el procedimiento a seguir en caso de que un Estado miembro incumpla sus obligaciones. El artículo también legitima a la comisión a someter el asunto al TJUE, y a indicar la suma o multa que considere pertinente.
Fuente: CURIA