El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha avalado el despido disciplinario de un operario de rampa tras dar positivo en cannabis antes de comenzar su jornada en el aeropuerto. El trabajador desempeñaba tareas en una zona de alta peligrosidad. Donde cualquier fallo compromete gravemente la seguridad de las personas, aeronaves e infraestructuras. La sentencia destaca que, en estos entornos, no cabe margen alguno frente al consumo de sustancias psicoactivas.
Positivo en cannabis antes del inicio de la jornada
El trabajador fue sometido a un control de drogas por la Guardia Civil en el acceso al recinto aeroportuario. El resultado fue positivo en cannabis, aunque no se apreciaban signos visibles de afectación. Sin embargo, el tribunal consideró que la mera presencia de la sustancia en el organismo resultaba incompatible con la función desempeñada.
El hecho objetivo de dar positivo en cannabis bastó para justificar el despido disciplinario. Dada la exigencia de máxima diligencia y responsabilidad en el puesto. La compañía no necesitó acreditar una conducta manifiestamente negligente ni daños concretos.
Valoración jurídica del despido por positivo en cannabis
La empresa fundamentó el despido en la transgresión de la buena fe contractual, recogida en el convenio colectivo. El tribunal aceptó este motivo, señalando que dar positivo en cannabis implica una pérdida de confianza razonable, especialmente en un entorno donde la prevención es crítica.
El trabajador alegó que desconocía las normas internas sobre consumo de drogas, pero la Sala concluyó que existía evidencia suficiente de su conocimiento sobre la política de tolerancia cero. La justificación basada en el desconocimiento fue considerada insuficiente.
Seguridad aeroportuaria: tolerancia cero ante el positivo en cannabis
La sentencia recuerda que, en el entorno aeroportuario, la prevención de riesgos laborales exige actuar con máxima precaución. La política de tolerancia cero ante cualquier positivo en cannabis se considera proporcional y coherente con las funciones de riesgo asumidas por el trabajador.
Además, se aclara que la transgresión de la buena fe no requiere una intención dolosa ni la producción de un daño. Es suficiente el incumplimiento grave, aun por negligencia.
El Tribunal desestima el recurso y confirma la procedencia del despido
El recurso del trabajador fue íntegramente desestimado. El tribunal consideró ajustado a derecho el despido por positivo en cannabis, al no haber margen para el incumplimiento de las normas de seguridad, incluso si no hubo efectos inmediatos sobre el rendimiento o la operativa.
La sentencia refuerza la necesidad de proteger la seguridad colectiva frente a conductas potencialmente peligrosas. Especialmente en sectores críticos como el aeroportuario.
Conclusión: despido válido por dar positivo en cannabis
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias confirma que dar positivo en cannabis en un entorno aeroportuario constituye una infracción grave del contrato laboral. El fallo reafirma que no es necesario que exista un daño concreto para justificar el despido disciplinario cuando se compromete la confianza y la seguridad inherentes al puesto de trabajo.