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Rendimientos de trabajo sujetos a retención | Audiencia Nacional

Rechazado el recurso del FC Barcelona | los pagos a los agentes representaban en realidad rendimientos de trabajo sujetos a retención

Publicat: 12 de febrer de 2024

Se confirma la resolución del TEAC que exige al Fútbol Club Barcelona el pago de cerca de 23 millones de euros por concepto de IRPF. El Tribunal Económico Administrativo Central entendió que estos pagos debían considerarse como rendimientos de trabajo sujetos a retención.

La Audiencia Nacional ha ratificado la decisión del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) que obliga al FC Barcelona a abonar cerca de 23 millones de euros por el IRPF relacionado con las retribuciones a los agentes de sus jugadores durante el periodo de 2012 a 2015.

Rendimientos de trabajo sujetos a retención

La Sala de lo Contencioso-administrativo desestimó el recurso del club contra la resolución del TEAC. La cual se originó de los acuerdos del Jefe Adjunto de la Oficina Técnica de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes en 2018. Este caso giró en torno a la interpretación de los pagos hechos a los agentes de los jugadores, con la Administración. Argumentando que, al prestar servicios directamente a los futbolistas y no al club, estos pagos debían considerarse como rendimientos de trabajo sujetos a retención.

Por contraparte, el FC Barcelona defendía que los importes abonados a los agentes correspondían a servicios prestados directamente al club. Y, por tanto, no debían ser vistos como retribución a los jugadores. La Audiencia Nacional acordó con la visión de que hubo una simulación en estas operaciones. Indicando que los pagos efectuados por el club en realidad beneficiaban a los jugadores bajo la falsa apariencia de que los agentes estaban prestando servicios al Barcelona. Este juicio estableció que el club simulaba retribuir a los agentes por servicios no prestados. Sin embargo, realmente, se estaba compensando a los jugadores, afectando así la base imponible de conceptos tributarios importantes como el IS, IVA e IRPF.

Resolución del Tribunal

La Audiencia rechaza el recurso presentado por el FC Barcelona y sostiene la interpretación de la Administración de que los pagos a los agentes representaban en realidad rendimientos de trabajo sujetos a retención. Ya que estos servicios se prestaban en beneficio de los jugadores y no directamente al club. La sentencia concluyó que existió simulación en las operaciones, aparentando que se retribuía a los agentes por servicios inexistentes al club. Mientras que realmente se estaba abonando parte de la retribución a los jugadores. De este modo, alteraban la base imponible de diversos conceptos tributarios como el IS, IVA, e IRPF.

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