<

Responsabilidad de las entidades bancarias en la devolución de anticipos pagados mediante letras de cambio por la compra de viviendas en construcción

Responsabilidad de las entidades bancarias en la devolución de anticipos pagados mediante letras de cambio por la compra de viviendas en construcción

Publicat: 22 d'abril de 2024

El Tribunal Supremo ha emitido un fallo que refuerza la responsabilidad de las entidades bancarias en la devolución de anticipos pagados mediante letras de cambio por la compra de viviendas en construcción. Este pronunciamiento responde al rechazo de dos recursos interpuestos por Abanca contra decisiones de las audiencias provinciales de Málaga y Madrid. Estas confirmaron las resoluciones de primera instancia. Condenaban a cuatro bancos a devolver los montos adelantados por clientes para adquirir viviendas en proyectos dirigidos por la promotora Aifos en Jaén y Málaga.

Origen del caso | Responsabilidad de las entidades bancarias

El caso en cuestión se refiere a un litigio originado por la compra de viviendas en construcción entre particulares y la promotora Aifos. Fue llevado a los tribunales debido a la no devolución de anticipos por parte de la promotora, tras ser declarada en concurso y disuelta en la fase de liquidación. Los compradores habían anticipado significativas cantidades económicas para la adquisición de las viviendas. Presentaron una demanda contra varias entidades bancarias, reclamando la devolución de dichos anticipos con base en la Ley 57/1968, que regula el percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas.

Inicialmente, la sentencia de primera instancia solo favoreció a los compradores en relación con BBVA, que se allanó a la demanda. Pero desestimó las reclamaciones contra las demás entidades bancarias. Argumentando que estas no eran avalistas, ni financiaron la promoción, y que no había pruebas de que fueran conocedoras de que los montos abonados por los demandantes eran anticipos. Sin embargo, la apelación de los demandantes llevó a una revisión del caso en segunda instancia, que revocó la decisión inicial. Y estimó íntegramente la demanda y condenando a las entidades bancarias a devolver los anticipos más intereses y costas.

Las entidades bancarias sí conocían el destino de los fondos

La sentencia de apelación se basó en la demostración de que las entidades bancarias sí conocían el destino de los fondos. Y, asimismo, estos ingresos estaban claramente destinados a la construcción de viviendas. Argumentando que las pruebas presentadas, como la secuencia de pagos y la naturaleza de los negocios de la promotora, eran indicativos claros de su finalidad.

Posteriormente, Abanca interpuso un recurso extraordinario por infracción procesal y un recurso de casación por interés casacional. La entidad argumentaba principalmente que la doctrina del Tribunal Supremo no extiende la responsabilidad de la Ley 57/1968 a las entidades que descuentan efectos cambiarios como los que se usaron para los pagos anticipados. Sin embargo, el Tribunal Supremo desestimó estos recursos. Los magistrados enfatizaron que las entidades financieras deben asegurarse de que los anticipos se depositen en cuentas especiales y estén debidamente garantizados, asumiendo responsabilidad si no se cumplen estas condiciones.

Fallo del Tribunal Supremo

Responsabilidad de las entidades bancarias

La decisión final del Tribunal Supremo destaca la importancia de que los bancos no solo actúen como terceros independientes. Más bien, deben ejercer un papel activo en asegurar que se cumplan las normativas legales para proteger a los compradores. Subrayando, finalmente, que el conocimiento de la naturaleza de los pagos y la relación contractual con la promotora son suficientes para atribuir responsabilidad a las entidades bancarias involucradas.

Últimes entrades publicades

datos personales

Hacienda y el uso legítimo de datos personales

by | oct. 20, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo se pronuncia acerca de la utilización de datos personales de terceros por parte de la Agencia Tributaria.

miembro del comité de empresa

El Supremo avala la defensa sindical de un miembro del comité de empresa

by | oct. 20, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo reconoce que el traslado de un miembro del comité de empresa puede tener implicaciones que afectan a la libertad sindical colectiva.

Régimen lingüístico

El TSJ de Cataluña valida el régimen lingüístico en educación infantil

by | oct. 20, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TSJ de Cataluña establece la validez del régimen lingüístico adoptado para la educación infantil en el territorio.

Prórroga por años sucesivos en arrendamientos

Prórroga por años sucesivos en arrendamientos

by | oct. 20, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha declarado válida una cláusula de prórroga por años sucesivos incluida en un contrato de arrendamiento de vivienda firmado bajo la vigencia de la...

Resumen de las Sentencias del Tribunal Constitucional | Octubre 2025

by | oct. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

A continuación se presenta un resumen de las sentencias más relevantes del Tribunal Constitucional publicadas en octubre de 2025, con indicación de su sala, fecha,...

plazo de cancelación

Multirreincidencia aunque no conste el plazo de cancelación

by | oct. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo consolida su criterio respecto al plazo de cancelación de antecedentes penales.