Aprobación del Anteproyecto de Ley en materia de dependencia y discapacidad.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley que modifica dos normas en materia de dependencia y discapacidad:
- El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que regula los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social.
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, sobre promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia.
Las modificaciones pretenden garantizar más derechos para estas personas, mejorar la prestación de servicios y ampliar su catálogo, reforzando la personalización en la atención.
Modificaciones en la Ley de Dependencia
Eliminación de incompatibilidades y plazos suspensivos
El nuevo texto elimina el régimen de incompatibilidades en las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), permitiendo combinar servicios y prestaciones económicas según las necesidades individuales. También suprime el plazo suspensivo máximo de dos años en las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar. La reforma busca una atención más personalizada, alejándose del modelo asistencialista de grandes residencias y potenciando la atención en el hogar y el entorno comunitario.
Ampliación de servicios y derechos
El anteproyecto incorpora la teleasistencia como derecho universal, garantizando que las comunidades autónomas ofrezcan este servicio sin restricciones presupuestarias. También se amplía la asistencia personal, antes limitada a educación y empleo, a cualquier ámbito de la vida y para cualquier edad.
Además, se pretende crear tres nuevos servicios:
- Cuidados y apoyos en vivienda: atención en modelos de convivencia reducida o viviendas colaborativas (cohousing).
- Provisión de productos de apoyo: préstamo o cesión de dispositivos que faciliten la autonomía.
- Asistencia personal ampliada: planificación de cuidados personalizados en función de las preferencias del usuario.
Derechos de las personas dependientes y cuidadores
Se reconoce el derecho de la persona dependiente a decidir sobre sus prestaciones y servicios, garantizando además su permanencia en el entorno elegido y una atención libre de sujeciones físicas o farmacológicas.
Asimismo, se pretende reforzar la coordinación sanitaria y social, obligando a las comunidades autónomas a garantizar atención sanitaria integral a estas personas, independientemente de su lugar de residencia.
La reforma también establece derechos para cuidadores no profesionales, quienes podrán acceder a apoyo, asesoramiento y medidas de conciliación laboral y personal.
Modificaciones en la Ley de Discapacidad
Accesibilidad universal y ayudas a la adaptación
La reforma adapta la Ley de Discapacidad al artículo 49 de la Constitución Española, estableciendo la accesibilidad universal como derecho exigible en cualquier instancia.
Para su cumplimiento, se crea un Fondo Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal, destinado a financiar intervenciones como la instalación de rampas o la implementación de códigos QR para audiodescripciones.
En el ámbito privado, se modifica la Ley de Propiedad Horizontal, obligando a las comunidades de propietarios a solicitar ayudas para obras de accesibilidad si lo requiere algún residente. Además, se flexibilizan los requisitos para acceder a estas ayudas, reduciendo la financiación obligatoria de la comunidad de vecinos del 75% al 70%.
Eliminación de discriminaciones en seguros y simplificación de trámites
El anteproyecto prohíbe la discriminación de personas con discapacidad en la contratación de seguros de vida y salud.
Asimismo, se agilizan trámites administrativos, estableciendo una pasarela directa para que las personas con cualquier grado de dependencia obtengan automáticamente el reconocimiento del 33% de discapacidad.
Regulación del uso de tecnologías y protección de colectivos vulnerables
La reforma introduce supervisión de inteligencia artificial y otras tecnologías para evitar sesgos discriminatorios contra personas con discapacidad. Además, se las designa como grupo de interés preferente en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, promoviendo desarrollos tecnológicos que mejoren su calidad de vida.
Por último, la norma también hace referencia a los derechos específicos para mujeres con discapacidad, garantizando su salud sexual y reproductiva, y para infancia con discapacidad, potenciando el acceso a servicios de atención temprana.
Fuente: Consejo de Ministros.