<

TS | Aplicación de la deducción por vivienda habitual a pese a la no deducción en anteriores ejercicios

TS establece cómo debe aplicarse la excepción contemplada en la deducción por vivienda habitual adquirida antes de 2013.

Publicat: 17 de gener de 2024

TS establece que cabe la aplicación de la deducción por vivienda habitual aunque no lo haya hecho antes de 2013. Aplicación de la excepción prevista. [TOL9.802.967]

El Tribunal Supremo aclara si para poder aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual a partir de 2013 se exige que el contribuyente se haya deducido cantidades por ese concepto con anterioridad a dicho ejercicio o si puede aplicarse igualmente aunque no se haya deducido cantidades anteriormente.

En el caso, el contribuyente no pudo aplicar la deducción por la vivienda antes de 2013, debido a que la Ley del IPRF no permitía la deducción hasta que las cantidades invertidas en la vivienda superaran las invertidas en otras anteriores por las que hubiera aplicado la deducción.

En 2015, la Administración Tributaria denegó la aplicación de dicha deducción, al no haber aplicado dicha deducción con anterioridad. El obligado al pago interpuso recurso de reposición ante el TEAC, desestimado por no haber practicado la deducción. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria estimó sus pretensiones, al considerar que cumplía con los requisitos establecidos.

Requisitos para la deducción por la adquisición de vivienda habitual

Los requisitos que se exigían eran los siguientes, según lo establecido en la Disposición transitoria 18ª LIRPF:

  1. Adquirir la vivienda antes del 1 de enero de 2013.
  2. El contribuyente debía haber practicado deducciones en períodos impositivos anteriores. 

No obstante, existe una excepción contemplada en el artículo 58.2ª) LIRPF: «no cabe practicar la deducción por la adquisición de la nueva vivienda hasta el momento en que las cantidades invertidas en la misma superen las invertidas en la adquisición precedente de otra u otras viviendas habituales».

En el caso, el demandante alegó que hasta 2015 no pudo practicar la deducción, debido a que en los ejercicios anteriores no había sobrepasado la inversión que hizo en la primera vivienda. Sin embargo, la Administración Tributaria considera que el demandante había invertido más en la adquisición de la vivienda posterior que en la precedente, por lo que podría haber aplicado la deducción antes de 2013.

Interpretación del Supremo

El Supremo establece que la finalidad de la disposición transitoria es evitar una privación brusca de su derecho a la deducción. Por ello, se mantiene aunque para las posteriores adquisiciones se haya suprimido.

La Sala establece que la apreciación de la excepción dependerá de las circunstancias concretas. Corresponderá a cada sala valorar la interpretación del contribuyente sobre el cálculo de la inversión efectuada en las viviendas.

En el caso concreto, el Supremo establece que de las pruebas se extrae que no hubo voluntad del contribuyente de no aplicar la deducción, sino que interpretó erróneamente su aplicación, ya que entendió que la inversión del artículo 68.1.2ª LIRPF debía entenderse como inversión efectiva, esto es, amortización del capital del préstamo concedido sin tener en cuenta los intereses. Sin embargo, debe considerarse razonable para colegir que le resultaba de aplicación la excepción recogida en el referido precepto en cuanto a los límites de la inversión.

Por lo tanto, confirma lo dispuesto por el TSJ. Reconoce el derecho del obligado tributario a practicar la deducción por inversión en vivienda habitual en el IRPF de 2015.

Últimes entrades publicades

Indemnización íntegra en contratos administrativos nulos

Indemnización íntegra en contratos administrativos nulos

by | abr. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo reconoció que el principio de prohibición del enriquecimiento injusto podría justificar una reducción en la indemnización. No obstante, para ello es imprescindible acreditar que el adjudicatario obtuvo un lucro específico

Prestación por riesgo durante el embarazo

TS | Indemnización de 3 millones por daños irreversibles en el parto

by | abr. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Supremo establece una indemnización de 3 millones de euros por daños irreversibles causados en el parto.

Error judicial en la valoración del justiprecio

Error judicial en la valoración del justiprecio de una expropiación

by | abr. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo desestimó la demanda, descartando la existencia del error judicial alegado. Además, recordó que las discrepancias en la interpretación de pruebas o la aplicación de criterios técnicos y legales deben resolverse a través de los recursos ordinarios

aplaza obligaciones

Europa aplaza obligaciones en sostenibilidad empresarial

by | abr. 23, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Conoce la nueva Directiva (UE) 2025/794, en la que Europa aplaza obligaciones en sostenibilidad y diligencia debida empresarial.

automatización altas y bajas

Automatización en altas y bajas laborales

by | abr. 22, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Implantación de resoluciones automatizadas en la Seguridad Social El 21 de abril de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 9 de abril de 2025...

Baremos y criterios orientativos

Baremos y criterios orientativos en los honorarios de abogados

by | abr. 22, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La CNMC puede intervenir de oficio o a instancia de diversas instituciones, según la Ley 3/2013, de 4 de junio, para velar por la competencia en los mercados.